El concepto de Cortes Castellanas en la
E.M. encierra la defensa de derechos y libertades ciudadanas; para otros
historiadores se trata de una asamblea política en la que colaboran el monarca
y los representantes de los brazos o estamentos. Este anacronismo y diferencia
de opinión es el resultado de aplicar a la E.M. conceptos modernos como
absolutismo y constitucionalismo.
En la Península, aunque hasta el XIII no
puede hablarse de Cortes, éstas tienen sus precedentes en asambleas políticas
como concilios generales, la Curia Regia o las Asambleas de Paz y Tregua. Por
tanto, los concilios toledanos de época visigoda son el origen de las Cortes.
Aquellos, sin perder su carácter eclesiástico-religioso, se convierten en
asambleas políticas a partir de la conversión de los visigodos al catolicismo.
Se van convocando sucesivos concilios a
partir del VI. Todos ellos recogen las progresivas modificaciones legales junto
a las eclesiásticas. Poco a poco se van esbozando disposiciones legales de protección
a los nobles, al monarca y de colaboración con la iglesia.
Las arbitrariedades cometidas por los
reyes sancionadores son motivo de nuevas disposiciones para limitar el poder
real; los ejemplos y citas sobre la politización de los concilios perdurarán
hasta los reyes de Castilla y León, cuando recurren a los concilios para
aprobar disposiciones de carácter general.
Fernando I, tras la unión
castellano-aragonés, no pone fin a estas asambleas y confirma los acuerdos del
concilio de Coyanza en 1055. también se tratan asuntos civiles.
Concilios y curia son las únicas
asambleas que podemos considerar precedentes de las Cortes. En Cataluña, junto
al consejo del conde-rey, se convocan asambleas más amplias con la finalidad de
mantener pacificado el territorio en caso de situación peligrosa. Son las Asambleas
de Paz y Tregua que tienen su precedente en la promulgación de la Paz y Tregua
de Dios.
Es posible que las primeras Cortes se
dieran en León en 1188, pero se discute sobre su localización en otros lugares
del reino. La asamblea leonesa de esta fecha ha sido considerada la 1ª
manifestación de las Cortes peninsulares porque Alfonso IX habla de la
presencia de “los ciudadanos elegidos de cada una de las ciudades”, lo que
daría a esta reunión un carácter representativo. No todos los historiadores han
aceptado el carácter de cortes de esta asamblea, ya que no se conoce el
documento original. Lo que está claro es que estas asambleas y la de 1202 son
fundamentales para ver la importancia que van adquiriendo los sectores urbanos
llamados por el rey a título personal pero que no representan a los ciudadanos,
porque hasta el XIII no se generaliza la asistencia de ellos como procuradores,
es decir, con poderes de los concejos. A partir de este siglo puede hablarse de
la existencia de las Cortes cuyos precedentes más inmediatos serían las curias
convocadas por Alfonso IX de León.
Las Cortes heredan de la curia la función
del concejo, pero ésta va perdiendo importancia a favor de la ayuda económica,
política y militar. La debilidad política del monarca reflejada en la petición
de ayuda servirá de pretexto a las Cortes para imponer sus condiciones y pactar
con el rey que, en adelante, no podrá gobernar sin su consentimiento (el de las
Cortes).
El pacto más conocido es el firmado a
finales del XIII por Pedro el Grande con aragoneses, catalanes y valencianos.
Casos similares de dan en León-Castilla, Navarra y Portugal.
Navarra también se disputa la prioridad
de las Cortes señalándose como las primeras de Europa las celebradas en Huarte.
También aquí sólo puede hablarse de Cortes a partir de finales del XIII, cuando
los tres Estados actúan para defender sus fueros. El rey jurará ante las
exigencias de los nobles e infanzones.
Los problemas de la Corona de Aragón
aumentan el poder de las Cortes y el rey tiene que pactar y aceptar las
condiciones que le imponen aquellas.
También se llega al pactismo en Cataluña
para conseguir del rey el compromiso de reunir periódicamente las Cortes y no
tomar medidas sin el consentimiento de ellas.
En años posteriores las Cortes amplían su
papel legislativo cuyas leyes se convierten en obligatorias para todos,
incluyendo al monarca y sus oficiales.
Alfonso X pretende fortalecer el poder
monárquico insistiendo en la procedencia divina del mismo. Reivindica la
capacidad legislativa y el poder de promulgar leyes de validad general
basándose en el Derecho Romano. Frente a este proyecto político no existe un
programa de los estamentos que rechace las reformas de las Cortes formando
ligas o hermandades que, en algunos casos, pasas a la revuelta armada.
A pesar de la alianza entre nobles,
clérigos y ciudadanos para limitar el poder real, surgen diferencias entre los
estamentos, porque la nobleza se aprovecha de las circunstancias para incrementar
su poder y los concejos actúan de modo de contrapeso a la presión nobiliaria,
lo que permite sostenerse a la monarquía.
En la 2ª ½ del XIV los problemas en los
reinos peninsulares debilitan a la monarquía y los reyes tienen que aceptar la
intromisión de las Cortes para obtener ayuda, pero no se resisten a renunciar
al programa político de Alfonso X de Castilla. El monarca puede cambiar las
leyes ante las necesidades que se originen por una nueva situación.
En 1406 se convocan Cortes en Toledo;
este momento es uno de los más bajos para las Cortes castellanas, porque
pierden su fuerza a finales del XIV ya que se afirmó la autoridad monárquica,
apoyado por la nobleza y sin tener en cuenta a las ciudades, en las que ya se
había institucionalizada el sistema de corregidores durante el reinado de los
RR.CC.
En Aragón y Cataluña el rey depende de
las Cortes y Diputaciones. Tiene que dictar normas favorables a los grupos
sociales representados en Cortes. No aceptan la intromisión del monarca en
Valencia aunque sus Cortes no tienen la agresividad de las catalanas. Con los
intentos reales de imponer la Inquisición castellana se llegó a amenazar al
monarca con la clausura de las Cortes.
Dentro de un concepto medieval, los
clérigos-nobles-ciudadanos que asisten a las Cortes representan al reino. El
clero secular está representado por los arzobispos, obispos y miembros del
cabildo. Los nobles representan a los guerreros y a los campesinos que dependen
de ellos.
Partiendo de ideas actuales se ha dicho
que la creación del Consejo Real de Castilla, el juramento de los reyes de
Navarra o el pactismo de aragoneses y catalanes significan una marcha hacia el
constitucionalismo, hacia un gobierno compartido frente al poder personalista
del monarca.
En las Cortes de 1238 los acuerdos relativos
a las ciudades se reducen a la aceptación por parte del monarca de que sigan al
frente de los lugares de realengo los paciarios.
Los súbditos de la Corona de Castilla
están representados por los procuradores de los concejos que defienden los
intereses de los oligarcas.
1. brazos
El 1º es el eclesiástico, pero en las
Cortes castellanas sólo intervienen los procuradores del concejo; ello es
debido a que los nobles y eclesiásticos están libres de impuestos y sobre las
ciudades recae el peso económico por las ayudas concedidas al rey.
Desde el XV sólo tenían derecho de
representación a Cortes 17 ciudades. El brazo eclesiástico: los clérigos están
a la cabeza de la organización social. Excepto en Aragón donde su presencia es
casi nula, en el resto de la Península hacen uso de dos armas: el entredicho y
la excomunión.
1.1. brazo nobiliario
La actividad militar ha convertido a los
guerreros en señores de los vasallos. Los nobles castellanos basan su riqueza
en el botín, en las concesiones de tierras y en los derechos que les concede el
rey por sus servicios militares.
1.2. consejo del rey
Se le limitan sus poderes por la firma de
pactos con las Cortes. En la práctica el rey interviene personalmente o a
través de los corregidores en nombramiento de los procuradores de la ciudad.
La convocatoria a Cortes depende del rey,
de su voluntad y no tiene que responder ante ellas del cumplimiento de los
pactos.
Atribuciones de las Cortes: cuestiones de
sucesión y regencia, legislación y votación de tributos, administración y
política exterior.
En cuanto al juramento y elección del
rey, según la teoría medieval su poder le viene de Dios. La celebración de
Cortes para aceptar al nuevo rey está documentada en la corona de Castilla
desde el XIII.
También las Cortes pueden intervenir en
política exterior, en cuestiones monetarias y para tomar medidas encaminadas a
aumentar la producción.
1.3. control de minorías
Mudéjares y judíos no aparecen
mencionados en las Cortes a pesar de la cuantía de su número en Aragón y
Valencia. En Castilla sí hay referencia a los judíos y, en Cataluña se ocupa de
ellos la Asamblea de Paz y Tregua de 1228.
Judíos y musulmanes se rigen por su
propia ley. Las Cortes buscarán poner fin a esta autonomía judicial y someter a
ambos a la autoridad de los jueces ordinarios del concejo.
Durante la época medieval las Cortes
desempeñaron un papel importante en la vida política, social y económica. Su
intervención compensaba el poder de los monarcas y han supuesto un precedente
para el control del absolutismo.
No todos los reinos tenían el mismo poder
en las Cortes. La situación dependía de la necesidad de negociar por parte del
monarca.
del secuestro de Tordesillas a la farsa de
Muerto Fernando de Antequera, la nobleza
castellana agrupada en torno a la reina Catalina de Lancaster y dirigida por el
arzobispo toledano y por los nobles designados por Enrique III para custodiar
al rey, se hizo con el poder, alejó momentáneamente a los infantes Juan y Enrique,
quienes recuperarán su poder con el apoyo de Alfonso el Magnánimo de Aragón y
también porque se queda sin dirigentes la nobleza castellana al fallecer Juan
Fernández de Velasco y Diego Stúñiga.
Durante 2 años Juan y Enrique gobernaron
Castilla sin más oposición que la existente entre ellos. Enrique aprovecha la
ausencia de su hermano Juan, que irá a Navarra para contraer matrimonio con
Blanca, para apoderarse del monarca en Tordesillas, hacerse conceder el
marquesado de Villena y unirse en matrimonio a Catalina, hermana del monarca
castellano.
Álvaro de Luna se une a Juan de Navarra y
derrotan a Enrique en 1422, repartiendo sus bienes y los de sus partidarios
entre los vencedores y de esta forma evitar todo los posible cambios de
alianzas y estos bienes son las garantías de fidelidad nobiliaria.
La unión de Juan de Navarra y de Álvaro
respondía a las necesidades del momento y juntos anularon las ciudades y las
Cortes. Los procuradores pasan a ser funcionarios sin ningún tipo de autonomía
y las ciudades pasar a ser gobernadas por regidores nombrados por el monarca y
no elegidos según los fueros. Esto hace de las ciudades una aristocratización
en la que el concejo integrado por los vecinos desaparece para pasar a un
concejo restringido.
Álvaro de Luna cada vez va adquiriendo
más fuerza, hasta el punto de alarmar a Juan de Navarra, quien por mediación de
Alfonso el Magnánimo se reconcilió con Enrique y alejó de la corte al privado
de Juan II en 1427. Álvaro de Luna había logrado reunir a su alrededor a gran
número de nobles a los que ofrecía, a cambio de su ayuda, participación en el poder
y en el reparto de los bienes de los infantes, que serán expulsados de Castilla
en 1429 por las tropas de Majano (1430) ya se confirma definitivamente la
expulsión de los infantes de Aragón.
El triunfo de Álvaro de Luna fue seguido
de concesiones de tierras y cargos a los aliados pero pronto aparecerá un grupo
de descontentos que volvieron a solicitar otra vez la intervención de los
infantes.
Entre 1435-1440 el sistema de alianzas
cambió continuamente, alianzas que siempre justifican su acción ante las Cortes
y para lograr el apoyo de las ciudades.
Los infantes harán prisionero al rey en
1443, pero eso no evita que Álvaro de Luna los derrote militarmente en Olmedo
(1445).
Durante los 30 años transcurridos desde
la muerte de Fernando de Antequera, la nobleza había crecido
extraordinariamente y el poder nobiliario era grande y los nobles no aceptaron
ni a Álvaro de Luna ni la autoridad del monarca. Finalmente los nobles mandan
al rey que Álvaro sea ajusticiado. Un año más tarde moría Juan II y a su
muerte, gran número de lugares de realengo y todas las rentas del reino estaban
en manos de los nobles, por culpa de Álvaro de Luna, según denuncia Juan II en
carta dirigida a los súbditos en la que acusa al favorito de haber querido
igualarse con el rey.
Juan II recuerda la concesión a Álvaro de
Luna del maestrazgo de la Orden de Santiago que antes que él tuvo el infante
Enrique de Aragón, destituido a instancias de Juan II en una ceremonia que
recuerda la forma de degradar a un caballero que no cumple con sus deberes y es
un claro precedente de la ceremonia en la que años después será destituido como
rey de Castilla Enrique IV en la llamada Farsa de Ávila.
la mesta
La tradición ganadera en la España
cristiana procedía de antiguo, desde que los hispano-cristianos pudieron
establecerse y dominar la cuenca del Duero, así como dominar la cuenca del
Ebro. La tradición ganadera se incrementa con las conquistas efectuadas durante
la Plena E.M.: Valle del Tajo, Guadiana, Guadalquivir y Levante.
La ganadería castellano-aragonesa será el
modelo de ganadería que conocemos como ganadería trashumante.
Dentro de la trashumancia podemos
observar tres tipos: normal, inversa y mixta.
Trashumancia normal es aquella en la que
se conduce el ganado del llano a la montaña; en la trashumancia inversa el
ganado es conducido de la montaña al llano y la mixta, los rebaños pasarán del
llano a la montaña en época estival y descenderán a la planicie en invierno.
La trashumancia castellana es mixta, los
rebaños recorrerán el país dos veces al año, bajo la protección de pastores y
jueces de ganados.
Todo un conglomerado muy complejo de
rebaños y hombres recorrerán el país en dirección norte-sur y sur-norte. Para
ello se hizo necesario la construcción y estructuración de unos itinerarios
concretos que van a recibir el nombre de cañadas.
Fueron 3 las grandes cañadas castellanas
que constituyeron los ejes básicos de la ganadería fundamental:
*
Cañada leonesa, partía de
León, atraviesa Zamora, Salamanca y Béjar y desde allí se dirige a Plasencia,
Cáceres, Mérida y Badajoz, con ramificaciones hasta Portugal y Andalucía.
*
Cañada segoviana, partía de
Logroño con dos ramales, el 1º se dirigía al suroeste por Burgos, Palencia,
Segovia y Ávila, para unirse en Béjar con la leonesa y el 2º pasaba por tierras
sorianas, atravesaba el Sistema Central hasta Talavera, Guadalupe y Almadén y
llega al Valle del Guadalquivir.
*
Cañada manchega nacía en
Cuenca con las llanuras murcianas, atravesando La Mancha y parte alta de la
cuenca del Guadalquivir.
La especie de la oveja era la merina y se
ha discutido mucho su procedencia. Según las últimas investigaciones parece del
norte de África, de Marruecos. Al establecerse en Andalucía estos ejemplares
que los habían traído los benimerines y al cruzarse con las ovejas existentes
en el país, dio como resultado esta especie.
La importancia que adquiere la ganadería
dentro de la actividad económica del reino va a cristalizar en una organización
política en la cual se intentará agrupar a los numerosos ganaderos. Esta
institución es la que conocemos como el Honrado Consejo de la Mesta y será Alfonso
X el Sabio el que otorgue un notable privilegio en 1273, en virtud del cual la
Mesta se convierte en una institución a escala nacional. Alfonso X no innova,
se dedica a dar carácter oficial a una organización ya existente.
Los pastores de la Mesta son al mismo
tiempo guerreros y su fuerza militar y económica les lleva con el tiempo a
convertirse en dirigentes de los Concejos.
Los mayores propietarios de ganados son
los monasterios-iglesias, los grandes nobles y los caballeros de los concejos
surgidos a lo largo del Valle del Duero. Éstos crean e impulsan las mestas
locales o agrupaciones de ganaderos para defender el ganado y para buscar
nuevas tierras a costa de los musulmanes. Las milicias concejiles formadas por
guerreros pastores se encargan de esta misión, y con el tiempo estos guerreros
se reservan los cargos de jueces y alcaldes y los utilizan para ampliar los
derechos ganaderos.
Crece el número de cabezas de ganado y el
terrero para pastar es insuficiente, para ello los ganaderos pedirán al monarca
que el ganado de iglesias-monasterios pueda pastar en todo el reino en
condiciones semejantes al ganado real.
Los fueros municipales regulan la
trashumancia y se supone que sus normas al igual que sus cañadas seguirán
vigentes después de la creación de la Mesta.
Al crearse la Mesta General seguramente
se respetó la organización de cada una de las mestas locales, pero pronto
fueron creados nuevos cargos que anulaban los existentes: el alcalde local que
se sustituye por alcaldes entregadores.
El desarrollo de la ganadería ovina
habría podido derivar en la creación de una industria textil importante, pero
se exportó la lana y se importó de Europa los productos textiles. Los reinos
occidentales se convirtieron en exportadores de materias primas e importadoras
a precios elevados de artículos manufacturados y para mantener el ritmo de las
importaciones se vieron obligados a aumentar la producción de lana. Se
favoreció la ganadería en detrimento de la agricultura.
Sublevación nobiliaria con Alfonso X
El oro musulmán y las parias activaron la
economía de Castilla y una buena parte se dedicó a premiar los servicios
militares y políticos de los nobles, que se verán pagados cada vez en mayor
proporción en dinero y a través de él entrarán en el circuito monetario de la
época que impone un cambio en el concepto de la riqueza.
Inicialmente la nobleza es un grupo
abierto al que se accede por intervenir en la guerra, en la repoblación del
territorio y administración del reino, o por disponer de tierras suficientes
para adquirir vasallos campesinos que cultiven la tierra y vasallos militares
que la defienda. A medida que la tierra y cargos se hacen hereditarios
demostrar el linaje se hace imprescindible para pertenecer a la nobleza y se
comienza a diferencias jurídicamente entre los simples libres y los nobles. Los
nobles disfrutan de privilegios, que quieren que se consoliden dando un
carácter oficial, en un fuero nobiliario.
La defensa del fuero explica en casi todos
los casos las sublevaciones de los nobles, aunque también hay una razón de
peso, que son los enfrentamientos entre linajes o bandos nobiliarios, entre las
Casas de Lara y de Castro en el XII, Lara y Haro en el XIII.
El privilegio de la privanza de unos significa
pérdida de poder para otros que los ofendidos buscarán ayuda en el exterior
para convencer al monarca de que sus servicios son imprescindibles.
Las revueltas nobiliarias condicionan los
reinados de Alfonso VIII de Castilla y Fernando II o Alfonso IX de León y
adquieren verdadera importancia en el XIII.
Fernando III en los comienzos de su
reinado tiene problemas con Alvar Núñez de Lara. Pero pese a las tensiones
surgidas, las campañas andaluzas, permitieron dar salida a los nobles,
compensar sus servicios y poner fin a las diferencias entre la nobleza
castellana y leonesa, que se unen a través de enlaces matrimoniales, posee
tierras y ejerce cargos en ambos reinos.
Pero los problemas resurgen durante el
reinado de Alfonso X a pesar de que el monarca da a los nobles más rentas en
dinero y en tierras de las que habían tenido nunca. Para los nobles el final de
las campañas andaluzas significa el fin de las épocas fáciles de ganancias que
coinciden con el incremento de los bastos nobiliarios al aumentar las
posibilidades de adquirir productos importados de Europa.
Ante la nueva situación, los nobles
aumentan la presión sobre los campesinos que cultivan sus tierras, presionan al
monarca para que les conceda bienes, otros intentan solucionar sus problemas buscando
el servicios al lado del rey y otros acuden a las revueltas.
Los nobles se dividen y forman bandos con
los concejos y ciudades dirigidos por los caballeros villanos.
Los pretextos de la revuelta son el
pretendido desgobierno de la tierra y los intentos de Alfonso X de implantar el
Derecho Romano frente al nobiliario. A esto hay que sumarle las dificultades
económicas y políticas del monarca, ya que Alfonso necesita dinero y hombres
que le ayuden a convertir en realidad el sueño imperial y los nobles inician
una sublevación ofreciendo sus servicios a Jaime I de Aragón, cuando éste los
rechaza se ofrecen a los musulmanes de Granada. Hacen constar que como buenos
cristianos si el rey de Navarra les quisiera ayudar preferirían ponerse al
servicio de éste.
Los cabecillas de la revuelta son el
Infante Felipe y Nuño Lara que piden más subsidios. La petición fue apoyada por
nobles fieles al monarca y una vez recibido el dinero los nobles lo repartieron
entre sus vasallos militares y con su ayuda saquearon la tierra y reforzaron
las alianzas con Navarra y Granada con el fin de conseguir el mantenimiento de
sus fueron y derechos que los habían infringido los municipios.
El rey colabora a minar el poder y el
prestigio de los nobles con la creación de nuevas pueblas en Galicia y León que
atraen a los habitantes de las tierras nobiliarias; renombra jueces que hacen
caso omiso del derecho de Castilla, tanto él como sus hijos se prestan a pacto
de prohijamiento.
Alfonso se muestra dispuesto a corregir
los abusos y aceptar las exigencias, recordando que los beneficiarios y
culpables indirectos de la presión fiscal son los nobles, que se cobran impuestos
para dar a ellos sus soldadas. Los nobles a su vez exigen el refrendo de sus
derechos en Cortes, que se deshagan las pueblas hechas en Castilla y que
Alfonso renuncie a cobrar los diezmos. A estas reclamaciones se unen los
prelados que piden concesiones.
Finalmente Alfonso acabó por confirmar
las nuevas exigencias. Humillado una y otra vez en el interior por nobles y
eclesiásticos mientras en el exterior se esfuman sus sueños imperiales. Con
amargura advierte a su hijo de los peligros de los nobles.
La aparición de familiares del rey al
frente de los ricoshombres es una novedad importante. En adelante las casas
nobiliarias se alternan en la privanza real porque mientras unos ocupan cargos
otros preparan la sucesión apoyándose en el heredero.
La guerra por la sucesión de Alfonso X es
en gran parte una guerra nobiliaria por la privanza, por el control del rey y
del reino que quedará en manos de Lope Díaz de Haro.
Ordenamiento de Alcalá (Alfonso XI)
La obra legislativa de Alfonso XI es
interesante y se ve a través de los cuadernos de Cortes, pero sobre todo
culmina con el llamado “Ordenamiento de Alcalá de Henares” de 1348, célebre
texto que procede de las Cortes de Alcalá de Henares de 1348, donde trata de
precisar la preferencia de las diversas leyes, fueros municipales, el propio
Ordenamiento, que de una manera u otra regían en Castilla y que dio entrada
como cuerpo legal a las Partidas de su bisabuelo el rey Sabio. Es decir, que el
Ordenamiento de Alcalá constituyó principalmente una estratificación que
encabezada por el propio Ordenamiento, sus leyes regían sobre las demás,
pasando por los fueros municipales o comarcales y terminando por las Partidas,
debía determinar el cuadro jurídico del país, tendiendo a la territorialidad de
las leyes, o sea, a superar el fraccionamiento o comercialismo que presentaban
los fueros municipales y sustituirlo en lo posible, por normas de carácter
general, para todo el reino.
Así, las Cortes de 1348 confirman el
triunfo monárquico frente a las ciudades y la política de colaboración y apoyo
a la nobleza en la que participan los concejos cuando piden que el rey no
entienda en las querellas de los vasallos contra los señores y que prohíba la
prisión o tortura de los hijosdalgo, peticiones que Alfonso acepta con una
salvedad importante: se reserva el derecho de encarcelas a los hidalgos que
merezcan cárcel por no haber desempeñado correctamente el cargo de cobrador de
los impuestos, porque al aceptar el trabajo que no correspondía a su status
renunciaba a los privilegios de su grupo social.
También a través de algunas normas puede
verse la oscilación del monarca entre los conceptos feudales del poder y los
modernos derivados del Derecho Romano.
Otra manifestación de la victoria
monárquica y de sus limitaciones puede verse en la implantación del Código de
las Siete Partidas: sólo tendrán aplicación cuando ni las leyes promulgadas por
Alfonso XI ni los fueros locales sean suficientes para resolver las cuestiones
planteadas.
Consolidación de la monarquía castellana con
Alfonso XI
En 1325 termina la larga minoría de
Alfonso XI en la cual Castilla estuvo dividida entre los tutores del rey y la
de los nobles que les apoyan. Tuvo que elegir entre los tres grupos nobiliarios
que se disputaron el poder, Alfonso se apoya en los partidarios del infante
Felipe e intenta atraerse a Don Juan Manuel, pidiendo en matrimonio a la hija
de éste y manda asesinar a don Juan. Se abandona el proyecto de esa boda y se
casará con María de Portugal ya que es una boda preferida por los nobles, desde
el punto de vista político más conveniente. Poco más tarde casará su hermana
Leonor con Alfonso el Benigno de Aragón, con lo que quita toda posibilidad de
ayuda a los rebeldes y con la ayuda que le proporcionan las Cortes en 1329
puede comprar los servicios de Don Juan Manuel e iniciar la guerra contra
Granada cuyo rey se declara vasallo del castellano.
La atracción de los nobles continúa
en los años siguientes de acuerdo con los concejos que en 1325 habían pedido al
monarca que reorganizara la hacienda y fijara las soldadas de ricoshombres y
caballeros para poder vivir dignamente. Las continuas sublevaciones nobiliarias
han hecho que Alfonso XI pase a la historia como un rey anti nobiliario, pero
puede afirmarse que el monarca castellano es partidario del acuerdo con los
nobles y en todo momento intentó atraerlos a su servicio, dotándoles
continuamente y exaltando su modo de vida.
El interés del monarca por
necesidad política, exige mantener a su servicio a los nobles, éstos quieren
incrementar sus sueldos para servir al monarca desde los puestos de gobierno;
para lograr estos objetivos no dudarán en sublevarse ni en aceptar la autoridad
real cuando ésta les ofrece suficientes compensaciones como las que el rey
presenta en 1338 para poner fin a la violencia de los nobles. En las Cortes de
Burgos, Alfonso XI ordena la reconciliación de los hidalgos y castiga con pena
de muerte la ruptura de la paz; fija el sueldo de los nobles caballeros y
peones y señala el tipo de armas que deberían llevar. En resumidas cuentas, da
forma a un verdadero estatuto del grupo militar, que será perfeccionado en 1348
en los ordenamientos de Nájera.
El puesto más importante del
estatuto regula los sueldos de los caballeros y los salarios fueron
actualizados en las Cortes de Alcalá de 1348. la estabilidad social y económica
dada al grupo militar con estas normas pacificó a los nobles e hizo posible la
realización de campañas contra los musulmanes en las que el botín se añadió a
las soldadas reales. La nobleza permanecerá sumisa durante algunos años, pero
bastará que la situación económica se deteriore a consecuencia de la peste
negra y del alza de los precios, para que los nobles vuelvan a sus antiguas
prácticas e intenten imponerse a Pedro I.
Las concesiones a los nobles
fueron rentables en el plano militar. Dos años después de la concesión del
estatuto nobiliario, las tropas castellanas derrotaban a los benimerines en el
Salado y en 1343 vencían a los granadinos. El coste era demasiado alto para la
situación económica de Castilla y hubo que arbitrar nuevos medios para poder
pagar a los nobles. Se crean nuevos impuestos indirectos, arriendo de las
escribanías del reino, incautación del oro y de la plata de los cambistas, lo
que agravará más la situación y obligará a los castellanos a una salida en la
exportación de caballos muy cotizados en el exterior pero necesarios en Castilla
para seguir la guerra contra los granadinos. Primando una vez más los intereses
militares sobre los económicos, el monarca prohibió la exportación de caballos.
El control sobre la nobleza es
posible gracias a la colaboración voluntaria o forzosa de los concejos, que
carecen de fuerza para oponerse a las peticiones del monarca desde el momento
en que desaparece la Hermandad General y por otra parte están interesados en
que los nobles se mantengan tranquilos o se dediquen a la guerra en el
exterior.
Con Alfonso XI se desarrolla la
política de control de las ciudades a través del nombramiento de corregidores o
alcaldes veedores, hombres del monarca al frente de cada ciudad a pesar de las
disposiciones contrarias a los fueros.
Crea el impuesto de la alcabala
que gravaba en un 5% las operaciones de compra-venta de mercancías, aportando
de esta manera a la hacienda real unos ingresos importantes.
El fuero general de Navarra
En Navarra los nobles aprovechan el
cambio de dinastía para imponer en vigencia un fuero que limite las
atribuciones del monarca, caso que Sancho VII de Navarra había previsto la
unión de su reino al de Aragón y así habría sido si se hubiera cumplido el
pacto de prohijamiento mutuo firmado con Jaime I, pero al morir Sancho en 1234,
los nobles y el obispado de Pamplona ofrecieron el reino a Teobaldo de Champaña
sobrino de Sancho esperando recompensas por ello. Pero lo 1º que hace el rey es
nombrar a una comisión de 5 jueces para deshacer los privilegios hechos por
Sancho a los caballeros infanzones y hombres de linaje.
Esto ocasiona enfrentamiento entre un rey
extranjero acostumbrado a ejercer sus derechos y súbditos como el obispo de
Pamplona, los ricoshombres e infanzones. El obispo tiene pendiente con el rey
la devolución de castillos, villas y propiedades arrebatadas a la iglesia por
Sancho VII; los ricoshombres se ven desplazados del poder y de los cargos por
los chamapañeses e infanzones y caballeros se han organizado en una hermandad
contra los malhechores y utilizan su fuerza para exigir el respeto a los fueros
del grupo, en cuyo contenido y alcance no hay acuerdo: 1238 se nombra una
comisión de diez ricoshombres, veinte caballeros y diez eclesiásticos. El
trabajo de esta comisión dio lugar a la redacción del llamado “Fuero antiguo”
que contiene entre sus disposiciones los derechos de los ricoshombres en
relación con la corona, las garantías procesales de los infanzones y el sistema
hereditario de ricoshombres, caballeros, etc. El rey no puede quitar tierras ni
hacer a los ricoshombres sin sentencia judicial previa; los infanzones sólo
pueden ser juzgados en la corte del rey, en presencia del alcalde de la corte y
de tres a siete ricoshombres que sean de la misma tierra que el acusado. El
fuero regula la distribución de las conquistas que efectuaran el monarca y los
ricoshombres.
La imposición de estas cláusulas al
monarca tiene una base histórica, según los redactores del fuero, que incluyen
un prólogo para explicar cómo tras la ocupación de España por los musulmanes
sólo algunos nobles se les opusieron desde las montañas de Aínsa y Ribagorza;
el reparto del botín creó tensiones entre la nobleza y para poner fin se pidió
consejo a Roma, Lombardía y Francia que coincidieron en aconsejar la elección
de un rey, después de escribir sus derechos y fueron para que el monarca los
confirmase como condición previa a su elección. Pero lo que resalta el prólogo
es que los navarros recuerdan en él a Teobaldo de Champaña que sus derechos al
trono proceden de la elección más que de su parentesco con Sancho VII. Todo el
ritual que conlleva al acceder el rey al trono refuerza la dependencia del
monarca respecto a sus súbditos.
Los reyes no se limitan a confirmar los
fueros nobiliarios y la fórmula incluye a todo el pueblo del reino de Navarra;
y tras comprometerse a respetar los fueros y buenas costumbres y prometer a no
dar honor ni honores, castillos ni heredamientos sin el beneplácito de sus
consejeros navarros y el incumplimiento de esta condición, así como el
nombramiento de consejeros de Champaña, llevará a ricoshombres al
enfrentamiento con Teobaldo II, cuando éste pretende ser ungido y coronado en
vez de ser elevado sobre el escudo para demostrar que sus derechos proceden de
Dios y no de los súbditos.
El poder de los ricoshombres es
reconocido por Jaime I de Aragón cuando para ser nombrado rey de los narraros
en 1274 recomienda a su hijo Pedro que busque el amor y la buena voluntad de
las gentes de Navarra.
La solución final al problema remesa se
encuentra en la Sentencia Arbitral de Guadalupe de 1486, dictada por Fernando
el Católico, en virtud de la cual el campesinado catalán se libera de la remesa y de los seis malos usos mediante cierta compensación económica a los
señores. Los campesinos podrán fijar libremente su domicilio, conservarán los
mansos ronces, abandonados tras la peste y ocupados por ellos, podrán vender
los productos sin permiso señorial y dispondrán de los bienes muebles.
Los señores recibirán además del dinero
de cada manso, 6000 libras como indemnización por los derechos no recibidos y
por los daños sufridos. Al monarca se le pagará una multa de 50.000 libras.
Aunque la sentencia no pone fin a los derechos de los señores, los payeses obtienen
considerables mejoras, como la prohibición a los señores de obligar a las
mujeres de ser amas de cría con paga o sin ella. Se elimina la costumbre de
yacer con la payesa la primera noche de su boda.
La sentencia no pone fin al señorío, pero
sí a sus manifestaciones más humillantes.
guerra civil catalana: la busca y la biga
Causas: enfrentamientos entre el monarca
y las Cortes-Diputación, revueltas campesinas y conflictos urbanos desembocaron
en la guerra civil del último 1/3 del siglo XV.
El rey se une a campesinos y menestrables
porque tiene los mismos enemigos que ellos: dirigentes urbanos, nobiliarios y
eclesiásticos, miembros de las Cortes que limitan la autoridad del rey. Una vez
afirmada esta autoridad, el monarca mantendrá la alianza tradicional con los
dirigentes catalanes, que pierden parte de su poder político, pero conservan su
fuerza económica y social.
La crisis económica mediterránea se
agrava hacia 1425 y en Barcelona se hace responsables de los problemas a los
mercaderes extranjeros y con ello a las autoridades que les permiten
enriquecerse. Como remedio se aplica el proteccionismo, pero para ello hay que
vencer la resistencia de la oligarquía o sustituirla por gente preparada e
interesada en el desarrollo del comercio y en el bienestar de la ciudad. La
solución exige el control de Barcelona, sustituir a los ciudadanos honrados por
un gobierno de mercaderes y artesanos.
Las protestas y motines se suceden a
partir de 1431 y dan lugar a algunos cambios y reformas en 1436: mercaderes y
menestrales piden apoyo a la marina, lucha contra los corsarios, reserva del
transporte de sal de Ibiza a las naves catalanas, devaluación monetaria para
hacer competitivo el comercio, prohibición de importar paños de lana, seda y
oro y mejora de la producción textil con medidas semejantes a las demás
industrias, los ciudadanos obtenían el pago con trabajos públicos y crean el
mercado de paños que facilita la venta directa, consiguiendo disminuir el
precio y aumentar el beneficio de los peliaires para que olviden que los paños
extranjeros se siguen vendiendo a pesar de las prohibiciones. La intransigencia
y resistencia de los ciudadanos al cambio precipitaron la crisis y dividieron a
los barceloneses en 1422 en dos grupos: la biga y la busca.
La Biga integrada por la mayoría de los
ciudadanos y algunos mercaderes, que actúan y viven como un grupo nobiliario.
Son expertos en el “art de cavalleria”, tienen tierras, castillos y derechos
señoriales, viven de las rentas, llevan oro en armas y vestidos porque su
categoría se lo autoriza. También les autoriza a manifestar su pertenencia al
grupo nobiliario mediante signos externos que llevan consigo la importación de
paños de lujo; como rentistas, se oponen a las alteraciones monetarias que
supongan una disminución de sus ingresos.
La Busca es el partido de los artesanos,
menestrales y mercaderes, que aspiran al control del gobierno municipal para
hacer cumplir los privilegios, libertades y costumbres de Barcelona, que para
ellos consisten en sanear la hacienda municipal, conseguir la devaluación de la
moneda para facilitar la salida de sus productos y en implantar medidas proteccionistas
que favorezcan sus intereses y beneficien a Barcelona.
Ante la busca y la biga Alfonso el
Magnánimo mantiene una postura ambigua, al igual que entre señores y
campesinos. Como los demás reyes del XV aspira a imponer su autoridad sobre las
Cortes, sobre los dirigentes del Principado y finalmente se inclinará a favor
de campesinos y buscaris.
Los orígenes de la Busca se sitúan en
1449, cuando un grupo de menestrales y mercaderes piden autorización para
reunirse y formar un sindicato que se ocupe de la defensa de sus intereses. El
rey negó la autorización pero las reuniones siguieron bajo la protección del
gobernador Requesens. La oposición de los mayores, la divulgación de las
irregularidades cometidas y de los altos salarios cobrados por los ciudadanos,
insistencia en la necesidad de devaluar la moneda y la promesa de rebajar los
impuestos sobre la carne, dieron a la Busca el apoyo del pueblo e hicieron
posible el reconocimiento por el monarca del sindicato de los Tres Estamentos,
que fue acompañado, el 12 de octubre de 1451, por una modificación del sistema
de elección de consellers y una reorganización del Consejo de Ciento, que
contaba con 96 representantes frente a los 32 de la Biga y con 3 consellers
frente a 2 ciudadanos.
El triunfo de la Busca fue seguido de las
reformas pedidas: se rebajaron los salarios de los funcionarios municipales y
se suprimieron algunos cargos innecesarios; se prohibió la acumulación de
cargos y se redujo la duración de los vitalicios a dos o tres años, la moneda
fue devaluada y entre otras cosas más se tomaron medidas para mantener el
abastecimiento de carne y trigo.
Aunque hubo buena voluntad por tarde de
los buscaris, no todo fueron éxitos en su gestión y con frecuencia cayeron en
los mismos errores que los bigaris. Algunos cargos se dieron a personas cuyo
mérito consistía en pertenecer al sindicato y no faltó quien comprara votos para
acceder a algún cargo de importancia.
La ofensiva contra el Consejo Buscari
continuó en los años siguientes y de modo especial a partir de la muerte de
Alfonso V. Poco a poco la Biga recuperó su ascendencia en el Consejo y con la
colaboración de los Diputados del General y de algunos buscaris moderados,
logró situar en el Consejo de Ciento en 1469 a tres de los suyos a pesar de las
protestas del sindicato.
El resurgimiento de los ciudadanos se
confirmó cuando la Diputación del General creó el Consell Representat lo
Principat de Catalunya y lo puso bajo la dirección de la Biga.
En 1461, después de la Capitulación de
Villafranca que prohibía al monarca entrar en Cataluña sin permiso del Consell
y con el pretexto de que los dirigentes de la Busca conspiraban para permitir
el regreso a Cataluña de Juan II, los buscaris más conocidos fueron
ajusticiados.
guerra civil catalana
El problema remensa y buscari, que
enfrentan al monarca y a las Cortes, fueron las causas de la guerra entre
catalanes (1462-72), aunque los iniciaos se sitúan en la prisión de Carlos de
Viana, error de Juan II que permitió a la diputación del General agrupar a los
catalanes alrededor del heredero y declarar la guerra al monarca, para
imponerle sus criterios sobre el gobierno del Principado, imponer las ideas de
los dirigentes de la sociedad sobre la organización económica y social de
Cataluña.
Entre las Capitulaciones de Villafranca y
la muerte de Carlos de Viana, la Biga afianzó su posición en Barcelona,
destituyó a Requesens y desplazó a los representantes buscaris y algunos fueron
ajusticiados por manifestarse partidarios del regreso del monarca.
La guerra se internacionaliza, Juan Ii
busca apoyo de Francia y de Gastón de Foix yerno de Juan. Francia pide dinero
por la ayuda prestada y mientras tanto se toma como garantía el Rosellón y
Cerdeña las rentas de estas ciudades y a Gastón de Foix se le hace la promesa
de heredar Navarra.
El consejo de Cataluña buscará la unidad
interior y negociará alianzas externas para contrarrestar la presión francesa.
Desarticulado el partido buscari, el mayor peligro procede de las remensas a
los que la Diputación ofrece acuerdos que fueron rechazados. El Consejo ofrece
el Principado a candidatos que con derecho al trono aragonés, se alíen contra
los rebeldes de Juan II.
Ante la gravedad de la situación el
Consejo pide ayuda a Castilla y solicitó vituallas y armas a mercaderes
castellanos y el Consejo ofrece el Principado a Enrique IV de Castilla. La
guerra era un enfrentamiento entre las ideas autoritarias del monarca y las
pactistas de la oligarquía catalana.
El 11 de agosto de 1462 se presentó ante
el consejo una proposición para nombrar conde de Barcelona a Enrique IV de
Castilla, que tendría que respetar los fueros catalanes y las Capitulaciones de
Villafranca.
Enrique IV acepta con el apoyo de nobles
castellanos opuestos a Juan II. Las tropas de Castilla llegaron a levantar el
cerco a Barcelona, pero Juan II utiliza la división de la nobleza para obligar
a Enrique a aceptar la decisión de Luis XI, elegido por los partidarios
castellanos de Juan II.
Por la Sentencia de Bayona, Enrique se
comprometía a devolver las plazas ocupadas y a renunciar a los títulos de Conde
de Barcelona y señor del Principado. Juan II cedía las rentas que le
correspondían en Castilla y se comprometía a no tomar represalias contra los
catalanes sublevados si se sometían en 3 meses.
Al abandonar el aliado castellano, los
catalanes aceptaron el ofrecimiento del condestable Pedro de Portugal,
descendiente de Jaime de Urgell, que sirvió en Cataluña como jefe militar y se
alió con Carlos el Temerario que a su vez estaba enemistado con el rey francés,
Luis XI.
Al morir el condestable, los catalanes
eligen a Renato de Anjou. Esta designación modifica las alianzas
internacionales. Los conflictos peninsulares enlazaron con la Guerra de los
Cien años en la que también entra Castilla, pues Luis VI y Juan II buscan la
ayuda de uno de los bandos en que se divide Castilla después de la Farsa de
Ávila y haber proclamado heredera al trono Isabel La Católica. Juan II de
Aragón busca la alianza con el bando de Isabel y para ello ofrece el matrimonio
con el heredero aragonés, Fernando. Con este matrimonio de 1469, los enemigos
del marqués de Villena y los partidarios del infante aragonés, apoyan a Isabel
que se impone en Castilla.
Por la Capitulación de Pedralbes (1472)
la guerra terminaba sin vencedores ni vencidos. Juan II reconocía la buena fe
de sus adversarios, perdonaba a todos y concedía salvoconductos a los
franceses, sólo exigía que se anulara la Capitulación de Villafranca. Lograba
así pacificar el Principado retornando a la situación anterior a Carlos de
Viana.
Tuvo graves problemas económicos: ruina
en la agricultura, industria, comercio y endeudamiento de la población, los
municipios y el propio monarca, que debía recuperar el Rosellón y Cerdeña que
Luis XI se negaba a devolver.
Juan II fracasó en el intento de
pacificar el país y se le escapó la solución política y social definitiva.
Murió en 1479 dejando a su hijo Fernando un país desgarrado por la guerra,
separado de dos de sus más ricas provincias y todos los problemas sin resolver.
guerra de los dos Pedros
La guerra con Aragón no es en sus
comienzos sino una complicación más de la guerra entre Aragón y Génova: dos
naves aliadas de Génova fueron destruidas en aguas castellanas y Pedro I
declaró la guerra a Aragón en 1356, acumulando en la carta de desafío todos los
agravios, reales o supuestos, recibidos del monarca aragonés.
El enfrentamiento es buscado por Castilla
y evitado por Aragón: el rey castellano Pedro I aspira a recuperar los lugares
cedidos por María de Molina y Fernando IV a Jaime II en el reino murciano;
pretende poner fin a la división de las encomiendas santiaguistas y calatravas
e intenta mantener controlados los pastos del Sistema Ibérico disputados por
las ganaderías de Castilla y Aragón.
La guerra afecta a toda la Corona de
Aragón: tiene que defender los intereses de sus ganaderos, Valencia necesita
mantener su unidad y evitar que vuelvan a Castilla las tierras incorporadas y
Cataluña y Mallorca precisas destruir la flota castellano-aragonesa para
mantener su actividad comercial en el Mediterráneo.
La guerra oficial dura desde 1356 a 1365,
aunque se prolonga hasta la victoria de Enrique de Trastámara sobre Pedro I de
Castilla, año 1369 9 1374, en el que se firma la paz de Almazán, que consagra
el triunfo y la hegemonía castellana.
La guerra tiene tres fases:
*
Se enfrentan el rey de
Castilla y el de Aragón y éste cuenta entre sus auxiliares con un gran nº de
nobles castellanos dirigidos por Enrique de Trastámara.
*
Los protagonistas son el rey
castellano que cuenta con la colaboración de ingleses, portugueses, granadinos
y navarros y el otro protagonista es Enrique, aspirante al trono de Castilla,
que está apoyado por el monarca aragonés y por compañías de mercenarios
francés.
*
El nuevo rey castellano se
impondrá a su antiguo aliado, Pedro IV, y a los partidarios de Pedro I. A los
que impondrá la paz en términos ventajosos para Castilla que incluyen alianzas
matrimoniales destinados a evitar cualquier posible ayuda de los monarcas peninsulares
a la nobleza castellana y hacer olvidar el origen ilegítimo de Enrique.
Al declararse la guerra, Pedro IV intentó
resucitar los levantamientos nobiliarios en Castilla y el rey castellano
amenaza con resucitar la unión de los nobles en Aragón y Valencia.
Pedro I de Castilla asesinó a su
hermanastro Fadrique, e intentó matar a Tello, Señor de Vizcaya, que consiguió
escapar y refugiarse en Aragón, junto a su hermano Enrique. Estas muertes y
persecuciones han valido a Pedro I el apelativo de “El Cruel”.
A partir de 1358 Cataluña es atacada por
1ª vez por naves castellanas, genovesas y portuguesas. Los nobles exiliados en
Aragón derrotaron a los fieles de Pedro I en Araviara en 1359, pero más tarde
fueron vencidos (1360)-
En 1360 se firma la paz de Terrer, porque
necesita Aragón que no está en condiciones económicas de continuar la guerra,
paz que interesa a Pedro I para vengar el abandono con los granadinos y la de
quienes habían colaborado con Enrique de Trastámara en sus ataques a Nájera.
En 1362 Pedro I firma alianzas con
Granada y con Carlos II de Navarra, por lo tanto está en buenas condiciones
para reemprender la guerra contra Aragón. El avance de Pedro I fue rápido y
Pedro el Ceremonioso tuvo que recurrir a los servicios de Enrique de Trastámara
que acudió al frente de las compañías de mercenarios pagadas por Francia y el
pontífice. La entrada de estas compañías cambia la situación en el plano
militar y en el político: el conde Trastámara reclama para sí el trono
castellano y ofrece al rey aragonés la sexta parte de las tierras que
conquiste. El avance castellano se hace notar y firma en Murviedro (1363) una
nueva tregua.
La paz no fue duradera y en esta fase
Enrique logró penetrar en Castilla y hacerse coronar en el monasterio de Las
Huelgas (1366).
El triunfo nobiliario suponía la unión de
la flota castellana a la francesa e Inglaterra intervino en el conflicto en
apoyo de Pedro I, que ofreció a cambio el señorío de Vizcaya al tiempo que
prometía a Navarra las tierras de Guipúzcoa y Álava.
Cambio de dinastía en Castilla – guerra
civil en Castilla
A partir de 1365, Enrique de Trastámara
dejó de ser auxiliar de Pedro IV y se convirtió en aspirante al trono
castellano, ahora la guerra entre los nobles y el monarca va acompañada de una
activa propaganda destinada a desacreditar a Pedro I y a suscitar revueltas en
el interior del reino, a prestigiar a Enrique y a conseguir para él apoyos
internacionales.
Los defensores de Enrique difundirán
rumores sobre el origen de Pedro I al que hicieron hijo de un judío llamado
Pedro Gil. Con esta maniobra los nobles llamaban la atención sobre el
predominio económico e incluso político de los judíos. Uno de los cuales podría
llegar a ser rey. El odio hacia los hebreos será utilizado por los Trastámara,
que se presentan ante los castellanos como libertadores de la tiranía personal
del monarca y como defensores del pueblo cristiano frente a los judíos y contra
los musulmanes.
La propaganda de Enrique de Trastámara
fue presentada como un monarca decidido a prescindir de los judíos y a reducir
la exorbitante presión fiscal impuesta por Pedro I y como jefe nobiliario tenía
que pagar los servicios de sus auxiliares y para ello necesitaba el dinero de
los hebreos y de sus súbditos. Mantener y pagar los servicios del ejército
nobiliario redundaría en una pérdida de prestigio y de apoyos en el interior.
En las Cortes reunidas en Burgos en 1367, Enrique confirmó los fueros y
privilegios de cada ciudad y los concedidos por Pedro I. Los sustituyó por
otros similares firmados por Enrique, reconstruyó las hermandades y le concedió
más protagonismo a los concejos al incorporar 12 hombres a su consejo, 2 por
cada uno de los reinos y comarcas.
Pero es intransigente en lo relativo a
los judíos y en sus peticiones, porque los hebreos habían querido hacerse cargo
de las rentas del reino y habían adelantado al monarca el dinero que éste
necesitaba. Los nobles recibieron títulos, cargos y donaciones, más tarde
Enrique fue derrotado en Nájera y ninguna ciudad siguió su partido.
Vuelve a reinar Pedro I gracias a la
colaboración de navarros e ingleses, pero esta ayuda tenía un precio que el rey
no podía pagar sin enajenarse el apoyo de los súbditos, los auxiliares de Pedro
I le abandonan al no entregarles Vizcaya, Guipúzcoa y Álava. El monarca queda a
merced de los mercenarios franceses que pusieron el trono definitivamente en Enrique
de Trastámara en 1369.
Los primeros años del reinado de Enrique
fueron difíciles:
*
En el interior abundan los
partidarios de Pedro.
*
En el exterior se formó
contra Castilla una coalición en la que entraron todos los reinos peninsulares.
El problema interior fue resuelto
mediante una nueva concesión de mercedes a la nobleza. Con estos apoyos Enrique
II puede gobernar y hacer frente a la amenaza exterior, pero a esta nobleza hay
que pagarle por lo tanto se sube el impuesto de los concejos y se atrae a los
concejos permitiendo crear hermandades, tomando medidas contra el bandolerismo
y fijando los precios de los artículos básicos. Los partidarios de Pedro I
fueron sometidos. Con los restantes reinos peninsulares Castilla al fin firmó
la paz. Con respecto a Inglaterra, Enrique necesitaba la colaboración de los
marinos del Cantábrico, para ello les convención de que a largo plazo la
defensa de sus intereses exigía la destrucción de la flota inglesa, única capaz
de competir con la cantábrica por el control del comercio atlántico. Éxitos de
la flota castellana bajo la dirección de Bocanegra, derrotó a la flota inglesa
en le puerto de la Rochela en 1372. al fin el comercio del Cantábrico y del
Canal de la Mancha se queda en manos de los marinos y mercaderes castellanos.
El compromiso de
La muerte de Martín el Joven en 1409 sin
hijos legítimos de sus matrimonios con María de Sicilia y con Blanca de
Navarra, planteó un problema sucesorio al no tener Martín el Humano otros
hijos.
Contrajo matrimonio de nuevo pero tampoco
tuvo hijos y los letrados rechazaron a Fadrique, hijo ilegítimo de Martín el
Joven. Se ofreció a Martín el Humano la posibilidad de situar a alguno de sus
parientes como su posible sucesor. Se nombró lugarteniente de todos los reinos
a Jaime de Urgell, pero no hubo acuerdo entre los reinos para que Jaime fuera
el lugarteniente. Su candidatura no tuvo unanimidad y la elección del nuevo rey
tendrá que hacerse mediante acuerdo con las Cortes.
Después de 2 años de interregno y de
guerras civiles, en 1412 una comisión procedió en Caspe a la elección como rey
de Aragón del regente castellano Fernando de Antequera, con lo que se inicia la
presencia de los Trastámara castellanos en la corona de Aragón.
Historiadores castellanos y catalanes
coinciden en que la subida al trono aragonés del castellanos Fernando de
Antequera, señala el comienzo de la unidad española desde y en favor de
Castilla, mientras los nacionalistas catalanes hacen responsables del declive
nacional catalán a los compromisarios y al compromiso de Caspe. Los
castellanistas consideran que lo mejor para España era la unión de las coronas
de Aragón y Castilla y apoyan el nombramiento del castellano Fernando de
Antequera, sobrino por línea femenina de Martín y nieto de Pedro el
Ceremonioso, con el que compiten Luis de Anjou, Fadrique de Luna, Jaime de
Urgell y Alfonso de Gandía.
En principio los únicos candidatos con
posibilidades reales son Jaime de Urgell y Luis de Anjou. El 1º está apoyado
por los Luna de Aragón, los Vilaragut de Valencia y una gran parte de la alta y
baja nobleza catalana. Al 2º le apoyan los Urrea y los Centelles y algunos
nobles catalanes y parte de la burguesía catalana.
El asesinato en 1411 del arzobispo de
Zaragoza llevó a los aragoneses a buscar un candidato capaz de hacer frente a
sus enemigos: fue el regente Fernando de Antequera por la fuerza que le da la
regencia de Castilla y el respaldo de Benedicto XIII.
Las tropas castellanas dominaron la mayor
parte de Aragón y protegido por las tropas se reunió en Alcañiz el Parlamento
aragonés, formado por los partidarios de Fernando. Desde entonces podía
afirmarse que el único rey posible era Fernando.
El triunfo de Fernando se debió a la
división existente entre los reinos, al poder que tenía a titulo personal, como
regente de Castilla y al apoyo de Benedicto XIII. La situación interior de
Castilla favoreció al infante, porque la nobleza y la reina Catalina de
Lancaster confían en que Fernando renunciará a la regencia si sale elegido.
Sólo Cataluña tuvo en sus manos el rechazar
a Fernando, pero no lo hizo. Los historiadores hablan de la claudicación de
Cataluña, son quienes piensan que debería haber sido elegido un catalán.
Pero la visión del XIV había dividido a
los catalanes y éstos no estaban en condiciones de tomar una decisión unánime y
menos imponerla. Cataluña no claudicó ni demostró madurez política, no existió
como unidad y los catalanes aceptaron a Fernando.
El nuevo rey (1412-16) es consciente de
que el apoyo a su causa no ha sido unánime e intenta atraerse a sus adversarios
con concesiones: las barreras comerciales entre Castilla y Aragón desaparecen y
se perdonan impuestos debidos por los mercaderes. Nobles y eclesiásticos logran
que el rey en las Cortes de 1413 se pronuncie contra los remensas. En su breve
reinado, Fernando impulsó los asuntos mediterráneos, firmó la paz con Génova,
pacificó Cerdeña y Sicilia, restableció las relaciones comerciales con el N de
África.
En Aragón Fernando I confirmó los fueron
y logró que durante algunos años los aragoneses renunciaran a sus privilegios
para permitir al monarca restablecer el orden alterado durante los
enfrentamientos entre los bandos nobiliarios.
En Cataluña tuvo que claudicar ante las
Cortes que exigieron se anulara la disposición de Juan I por la que se creaba
un nuevo estamento, el de los caballeros. Tuvo que tomar medidas contrarias a
los campesinos y se transformó la Diputación General de Cataluña en un organismo
político.
La farsa de
Para
comprender la situación de Castilla durante el reinado de Enrique IV (1454-74)
es preciso recordar la historia política del reinado durante la época de los
Trastámara.
La victoria
de Enrique II fue obra de la nobleza y en sus manos quedó la economía castellana,
aunque el monarca se reservó el gobierno y opuso a la alta nobleza una segunda
nobleza encumbrando a sus fieles. Con el apoyo de éstos pudieron Juan I,
Enrique III y Juan II vencer a sus familiares, pero se sustituyen estos
familiares por miembros de la nobleza de 2ª fila, pero que una vez consolidado
su poder aspira a tener los privilegios y derechos de los grandes nobles.
Con estos
precedentes se entiende que la victoria obtenida por Juan II en Olmedo (1445) sobre
los infantes de Aragón apenas sirviera para fortalecer el poder monárquico
porque Álvaro de Luna logró el triunfo militar con el apoyo de una parte de la
nobleza, por lo que Olmedo significó la casi derrota de la nobleza de sangre,
no la de la nobleza en general que se irá engrandeciendo y adquiriendo poder al
lado de Álvaro de Luna concedido por el rey.
Al subir al
trono Enrique IV carecía de autoridad moral para enfrentarse a los nobles, pues
él había estado implicado en las guerras nobiliarias y tampoco podía recurrir a
las ciudades porque estaban dominadas por las fuerzas nobiliarias y además se
oponen al favorito Pacheco, ya que goza de la confianza del rey.
Las
alianzas con Portugal y Francia fueron renovadas y se llegó a un acuerdo con
Aragón y Navarra, mediante el pago de grandes cantidades a Navarra y la
devolución de bienes confiscados a los servidores de los infantes de Aragón.
Pero las revueltas nobiliarias seguían tan pronto promovidas por Juan Pacheco
como contra él, siempre interesados en no restablecer la autoridad sino en
mantener su posición. Para ello no le importa tener que cambiar de bando,
acaudillar a los nobles descontentos y provocar la deposición de Ávila del
monarca. Para ello los nobles se reunieron en Ávila en 1456, fabricaron un
muñeco al que vistieron con los atributos reales y solemnemente le depusieron
proclamando rey al infante Alfonso.
Los
intentos de algunos nobles de restaurar el poder monárquico chocaron siempre
con la actitud del rey, más propenso siempre a negociar aceptando las
condiciones puestas por los nobles que a combatir militarmente a quienes
limitaban su poder. Entre las condiciones que se le imponen está el
reconocimiento como heredero de Castilla del infante Alfonso y su matrimonio
con la hija del monarca para legitimar lo que puede llamarse un golpe de estado
palaciego, el destierro de Juan de la Cueva, concesión del maestrazgo de la
Orden de Santiago a Pacheco, la reducción del ejército real y el reconocimiento
del derecho de los nobles a no ser condenados sin ser sometidos a juicio por un
tribunal integrado por tres nobles, tres eclesiásticos y tres juristas. Enrique
IV aceptó cuanto le pidieron, para desdecirse más tarde, con lo que perdió toda
autoridad e hizo posible su deposición en efigie en la ”Farsa de Ávila” (1465)
y la proclamación como rey de Castilla del infante Alfonso que tenía 11 años y
que por tanto dependería totalmente de la nobleza.
Sólo
después de esta rebeldía el monarca se decidió a combatir a los nobles en
Olmedo (1467). Su victoria no impidió que los nobles, al morir el príncipe-rey
Alfonso (1468) ofrecieran el trono a su hermana Isabel.
Ésta
apoyada por la nobleza rebelde no se proclamó reina de Castilla sino heredera
de Enrique IV. En Guisando se celebró una entrevista ese mismo año que
consistía en desheredar a Juana. Para asegurar el triunfo de los nobles
buscaron un marido candidato a Isabel, el más conveniente Alfonso V de
Portugal. Pero finalmente por objetivos políticos de Aragón casaría con
Fernando de Aragón.
Los nobles
descontentos dirigidos por el marqués de Villena proclamaron heredera legítima
a la hija de Enrique, Juana. La guerra civil fue inevitable y se prolongó hasta
después de muerto Enrique IV. Durante estos años la posición de Isabel y
Fernando fue consolidándose.
Origen de las cortes: Tuñón de
A finales
del XIII nacieron en tierras castellano-leonesas las Cortes. Se trata de una
institución de importancia excepcional y que jugó un papel fundamental en la
historia de los reinos de Castilla y León. Las Cortes medievales
castellano-leonesas serían según la historiografía liberar, asambleas
representativas de los diversos estamentos de la sociedad, dotadas de amplias
facultades y que sirvieron para frenar las tentaciones absolutistas del poder
real. Las Cortes, según Pérez Prendes, sólo pueden entenderse a la luz del
deber de consejo de los vasallos del rey. Niega que los asistentes a sus
reuniones fueran auténticos representantes de sus respectivos estamentos y
rechaza la idea de que las Cortes tuvieran competencia en asuntos fiscales o
legislativos.
Las Cortes
fueron una institución viva que tuvo períodos de gran pujanza junto a otros de
decaimiento, en función de las diferentes coyunturas históricas por las que
atravesó.
La reunión
de la curia plena en León en el año 1188 efectuada por Alfonso IX ha sido considerada
como el acta de nacimiento de las Cortes castellano-leonesas.
El paso
trascendental en la transformación de la curia regia plena o extraordinaria en
una institución innovadora, Las Cortes, vino dado por la presencia de los
representantes de las ciudades y villas del reino. Pero, ¿Cuál fue el motivo de
la incorporación a las reuniones de la curia plena de gentes del tercer estado?
Sánchez-Albornoz en una exposición ha indicado como causa principal de la
incorporación de los burgueses a la curia plena, la creación de las villas y
ciudades contra los abusos de la monarquía en materia de acuñaciones
monetarias. Las ciudades y villas darían recursos económicos a la hacienda
regia a cambio de que las acuñaciones se efectuaran ateniéndose a determinadas
reglas (cada 7 años).
O’Callaghan
ha puesto de relieve que la intervención de las Cortes en cuestiones
financieras no fue significativa hasta la 2ª ½ de XIII, insistiendo en el papel
judicial desempeñado por la nueva institución desde sus orígenes y en la
importancia del reconocimiento a los ciudadanos del derecho de petición.
Durante los
últimos años del XII y todo el XIII, Las Cortes no tenían claro cuáles eran sus
atribuciones y Castilla y León tenían reuniones de Cortes independientes.
La génesis
de las Cortes sólo tiene sentido si se la sitúa en un contexto caracterizado
por la creciente pujanza social y económica de las ciudades. Allí encontraban
los monarcas los recursos económicos que necesitaban, pero a cambio debían
consentir en la participación de las ciudades en los órganos de gobierno. Pero
la simple presencia del tercer estado en el primer plano no suponía que las
Cortes fueran una auténtica asamblea representativa.
sentencia arbitral de Guadalupe, problema
remensa y los seis malos usos del campesinado aragonés y catalán
Cataluña en
plena E.M. va a conocer su campesinado la seducción de las tierras meridionales
que se colonizaban desde entonces en la zona que se ha llamado la Cataluña
Nueva. Ello implicó intentos señoriales en el área de la Cataluña Vieja.
Dentro del
campesinado catalán se pueden diferencias 4 grupos:
1.
Los simples agricultores
alodiales que eran dueños de sus tierras, sin vinculación a un señor.
2.
Aquéllos otros que siendo
eufitentas cultivaban la tierra ajena sin que gravitaran sobre ellos lazos de
dependencia personal.
3.
Los campesinos sujetos a su
señor como hombres sólidos y propios.
4.
Los que estaban adscritos a
la tierra y no podían abandonar sin autorización del señor y se conocen como
payeses de remensa.
Pero la
mayoría del campesinado catalán (siglo X y 1ª ½ del XI) la componían hombres
libres no sometidos a la autoridad señorial, sino a la del conde. Ahora bien,
debido a una concentración de la propiedad, a una acusada profesionalización de
la actividad guerra y a una formación de los señoríos jurisdiccionales en torno
a los castillos, tienen como rápida consecuencia el desgaste del campesinado
libre dueño de sus posesiones alodiales que va descendiendo sensiblemente a una
situación de dependencia que se va advirtiendo en el XII.
Este
descenso del campesinado libre va unido al aumento sensible del grupo de
labriegos dependientes sometidos a los señores territoriales, titulares de las
castellanías, diseminadas por el país. La consecuencia de ello es que si por
una parte a través de la Alta E.M. se desvanecieron los antiguos siervos
rurales derivados de la vieja esclavitud, el aumento del campesinado
dependiente al que se le van recortando libertades personales, ha dado origen
que se hable de una nueva servidumbre en la vida campesina a partir del XIII.
Las cargas
que gravitaban sobre el campesinado o payería catalana resultaban ser de dos clases
que se clasifican en censos o servicios. La cuantía se establecía entre el
campesino y el dueño donde éste se establecía o también por los usos y
costumbres de la comarca.
El pago
hasta el XIII el payés lo hacía principalmente en especie. También existían
otros tipos de gravámenes que pueden calificarse de servicios personales, en
virtud de esto el campesino debía participar en determinadas faenas agrícolas
en la propiedad del señor, quedando establecido el nº de días al año que debían
prestar tales servicios, así como quién corría con los gastos de alimentación,
que era el señor.
Pero entre
las cargas del campesinado catalán en la E.M. merecen especial consideración
determinadas gabelas que resultaban ingratas y que son conocidas como “los seis
malos usos”, los cuales en un principio gravitaban sobre la población servil y
más tarde se extendieron sobre buena parte del resto de los payeses
cultivadores de tierra ajena.
Dichos
malos usos eran los siguientes: intestía, exorquía, cogucia, arsina, fiema de
spoli y remensa, este último era el más humillante para el campesinado catalán.
Intestia y
exorquia eran gravámenes de carácter mortuorio, en virtud de los cuales el
señor de la tierra participaba en la herencia del payés que moría sin
descendencia.
Cogucia, el
payés debía entregar parte de sus bienes al señor cuando la mujer del 1º
incurría en adulterio.
La remensa
constituía el rescate que el payés abonaba al señor para poder abandonar el
predio que habitaba.
En muchos
contratos se incluye la renuncia específica de los payeses a fijar su
residencia en lugares de realengo y para quienes olvidan su dependencia, las
Cortes recuerdan en 1289, 1300-21, la obligación de redimirse. Las Cortes
insisten en 1350, cuando a consecuencia de la peste negra se acelera la
emigración hacia la ciudad que declara ciudadanos a quienes tienen alquilada
una habitación y van a Barcelona en determinadas fiestas.
El interés
señorial está en mantener la tierra en cultivo. En las zonas de montaña se
restablecen la remensa y demás malos usos en ellas para los campesinos. En
comarcas como el Maresme y el Vallés se ofrece reducción de censos y se permite
la ocupación de mansos abandonados.
En 1370-80
se originan manifestaciones de descontentos de los payeses de remensa por la
implantación de los malos usos. Este descontento va acompañado de una
organización interna. Las manifestaciones del conflicto remensa coinciden con
los intentos de modificar el régimen municipal para hacer frente a la situación
del mundo urbano.
Fuero general de Aragón y los usatges de
Durante
gran parte de la E.M. Cataluña dista mucho de tener unidad política; no es un
estado sino un conjunto de condados cuyos dirigentes reconocen de algún modo la
superior autoridad del conde barcelonés, lo que no impide que cada uno actúe en
sus dominios con gran libertad. Los barones de Cataluña son los descendientes
de estos condes y vizcondes.
Barones
catalanes y ricoshombres aragoneses controlaron el reino durante la minoría de
edad de Jaime I y el Principado no se pacificará hasta que las campañas contra
Baleares y Valencia ofrezcan a los nobles la oportunidad de incrementar sus
derechos y bienes.
Los barones
catalanes participan activamente en la ocupación tanto de Baleares como en el
reino de Granada y mantienen una actitud pacífica y de colaboración con el rey
hasta que en los años finales del reinado de Jaime I, Pedro el Grande intentó
limitar los poderes de la nobleza y tuvo que hacer frente a la revuelta de los
barones encabezada por el vizconde de Cardona. Pero esta etapa bélica se
considera terminada en 1280-82 cuando los problemas internacionales derivados
de la ocupación de Sicilia obligan al monarca a reconocer e incrementar los
fueros y derechos nobiliarios para conseguir su apoyo militar y económico.
La
oposición entre los nobles y el conde de Barcelona se mantendrá en el campo
judicial. Según Sobregués, el rey llevó la iniciativa y suscitó continuos
pleitos para vincular los patrimonios de los barones a la familia real. Pero ni
Jaime II ni Pedro el Ceremonioso consiguieron reducir la importancia
económico-social de los nobles. Los derechos de los nobles sobre los campesinos
se incrementaron y la autoridad del monarca nunca fue absoluta en todas las tierras
catalanas, como lo prueba el hecho que a mediados del XIV más de la mitad de
los campesinos y eclesiásticos estaban sometidos a la jurisdicción de los
nobles.
Los Usatges
son el Fuero de Barcelona que se extiende a todos los dominios del conde, aunque
no puede ser definido como fuero nobiliario, son las disposiciones referentes a
los nobles, comenzando por las que regulan la compensación que se ha de pagar
por la muerte o herida causada a un vizconde, a un caballero, burgués o
campesino; no se pagará lo mismo a la muerte o herida causada a un campesino
que a un burgués y si se trata de un vizconde la cantidad es mayor. Otras
disposiciones regulan las relaciones entre los caballeros y sus señores, entre
los señores y los campesinos que cultivan las tierras, pero es en las Conmemoraciones
donde realmente puede verse el derecho feudal catalán.
Pero no
todos los nobles tenían los mismos derechos ni distinción, sino que existían
clases sociales dentro de ellos. Por ejemplo, si un noble no era caballero no
se podía sentar a la misma mesa que un caballero o que su señora, al igual que
se prohíbe a los caballeros usar calzas rojas. También se ordenó que nadie
podía ser caballero si no era hijo de un caballero y se reconoce al hijo de un
caballero la categoría paterna hasta la edad de 30 años y en adelante se le
considerará un payés si no reúne las condiciones de los caballeros.
Fijados los
derechos feudales en los usatges y en las conmemoraciones las constituciones de
Paz y Tregua confirman la independencia de los señores y su autoridad sobre los
campesinos: 1173, Alfonso el Casto ponía bajo la protección de la Paz y Tregua
iglesias, personas y bienes de los eclesiásticos. En 1202 se precisó aún más la
independencia nobiliaria al adoptarse una disposición según la cual los señores
que maltrataran a los campesinos no rendirían cuenta al rey, excepto en caso de
que el campesino o sus bienes hubieran sido recibos en feudo del rey.
Los
problemas de la nobleza aragonesa son los mismos que los de los demás nobles
peninsulares, necesitan defender su posición económica y política frente a los
intentos centralizadores del monarca y lo hacen protestando contra la actuación
del monarca y dando forma legal a sus derechos después de la asamblea celebrada
en Huesca en 1247, de la que salió el proyecto de encargar al obispo Vidal del
Conellas la recopilación-unificación de los fueros aragoneses y poner fin a las
diferencias entre quienes se regían por los fueros de Jaca o de Zaragoza o de
Teruel.
Por Paya Frank
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