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12 de diciembre de 2024

LEY MOYANO de 1857

 



La Ley general de Instrucción pública de 1857, firmada por Claudio Moyano y Samaniego (Bóveda de Toro, Zamora, 1809 - Madrid, 1890), supone en su espíritu (liberalismo moderado) y en sus líneas generales una continuación del Plan Pidal de 1845. La Ley Moyano consagra para la enseñanza un modelo centralizador, agrupándose las competencias educativas en torno a la Dirección general de Instrucción Pública dentro del Ministerio de Fomento (y no en el Ministerio de Gracia y Justicia), separándose definitivamente las cuestiones eclesiásticas de las cuestiones educativas. Reafirma el papel del Estado en el campo de la instrucción, y somete todo tipo de centros escolares bajo su control y supervisión. El acierto de Claudio Moyano, en el año escaso que estuvo al frente del Ministerio de Fomento, consistió en huir de la larga discusión parlamentaria de un proyecto de Ley que regulara todo el sistema educativo y escogió la fórmula de una Ley de bases que incorporara los principios básicos que deben inspirar el sistema educativo.

La Ley Moyano significaba convertir la instrucción en universal, obligatoria (en su grado elemental), y gratuita: se diseñaba un preciso plan de creación de escuelas, se convertía en incumbencia de los Ayuntamientos o Provincias el sostenimiento de las escuelas e institutos y el pago del sueldo de los maestros, se creaba en cada provincia una Junta de Instrucción Pública encargada, además de vigilar sobre la buena administración de los fondos, de "promover las mejoras y adelantos de los establecimientos de primera y segunda enseñanza".

Tal consenso en los principios no eliminaba no obstante importantes divergencias entre los liberales y conservadores en la cuestión escolar: si bien se aceptaba por todos la necesidad de una instrucción generalizada, subsistían las anteriores disputas acerca del papel del Estado, la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra, o bien los mismos objetivos asignados a la instrucción. Se trata así de un texto amplio (304 artículos), que establece un marco organizativo general del sistema educativo, y que abarca desde la estructuración de los estudios, la clasificación de los establecimientos de enseñanza, las cuestiones del profesorado, el gobierno y la administración de la Instrucción pública, hasta la inspección y la intervención de las autoridades civiles. Si bien los vaivenes políticos harán variar notablemente los planes de estudio concretos, llegándose incluso a negar determinados aspectos de la Ley, desde una perspectiva global, la Ley Moyano perdurará en sus líneas generales y en multitud de disposiciones concretas hasta la Ley Villar Palasí de 1970. Se fundamenta la estructuración anterior del sistema educativo en Primera Enseñanza, Segunda Enseñanza y Enseñanza Superior. La Primera Enseñanza se divide en Elemental y Superior. La Enseñanza Elemental es obligatoria y gratuita "en la medida de lo posible" hasta los 9 años. Para el paso a la Segunda Enseñanza se necesita tener 9 años cumplidos, haber cursado la Primera Enseñanza Elemental completa y superar un examen. La Segunda Enseñanza se compone de Estudios Generales -(divididos en dos períodos de 2 + 4 años), al final de los cuales se obtiene el grado de Bachiller en Artes, que habilita para las Facultades y las Escuelas Superiores- y Estudios de Aplicación, de carácter profesional (Dibujo, Aritmética, Agricultura...), que no se desarrollarán según las intenciones iniciales, y tendrán un carácter marginal.

Llama la atención que la Ley Moyano no contenga ninguna invocación expresa acerca de los objetivos que se pretenden conseguir. Éstos deben deducirse de las disposiciones o de la propia estructura educativa que se establece: por ejemplo, la extensión de la escolarización obligatoria; o bien, la bifurcación de la Segunda Enseñanza en dos ejes: uno, con unos objetivos más teóricos, tendente hacia los estudios superiores (los Estudios Generales); el segundo, con unos objetivos más prácticos, orientado hacia el desempeño de una profesión de menor cualificación (los Estudios de Aplicación). Tal división existía no obstante en los Planes anteriores.

La Ley Moyano se limita en este campo a señalar las asignaturas que deben cursarse en cada una de las divisiones en que se organiza la enseñanza: Doctrina cristiana, Lectura, Escritura, principios de Gramática castellana, principios de Aritmética, para la Primera Enseñanza, etc. Son los libros de texto, cuya lista es aprobada por el Gobierno, los que deben plasmar la orientación y el contenido de tales materias. Solamente en la cuestión de las lecturas complementarias en la Primera Enseñanza, la Ley Moyano es más explícita en cuanto a los objetivos, considerando que los libros deben inspirar a los niños "sanas máximas" religiosas y morales (Art. 89).

Las Disposiciones provisionales para la ejecución de la Ley (1857), el Programa general de Estudios (1858) y una serie de decretos posteriores van a desarrollar, concretar o variar una serie de cuestiones fijadas en la Ley Moyano. Las Disposiciones de 23-IX-1857 señalan las asignaturas que deben cursarse en cada año. El Programa general de Estudios de 26-VIII-1858 establecerá por su parte una confección del curriculum por parte del propio alumno, diseñándose de este modo una Segunda Enseñanza sumamente versátil en sus objetivos y contenidos. Consecuentemente, "cada alumno podrá en adelante matricularse en las asignaturas que prefiera". Los objetivos de formación están confundidos por tanto con las asignaturas concretas que cada alumno elija, siendo él mismo o sus padres quienes le encomienden hacia una carrera superior o bien una formación profesional corta.

Entre los aspectos más relevantes para la enseñanza del francés, se puede destacar que la Ley Moyano reintroduce el estudio de las lenguas vivas dentro de los "Estudios Generales" del segundo período de la 2ª enseñanza (art. 15), especificándose que "los reglamentos determinarán cuáles se han de enseñar y estudiar en este período". Las Disposiciones de 23-IX-1857 establecerán que el estudio de la lengua viva empiece en el 5º año de la Segunda Enseñanza, dentro de los Estudios Generales, prosiguiendo en el 6º año, con una lección en días alternos (3 días por semana), situación similar a la asignatura de Historia y Geografía por ejemplo. El Programa general de Estudios de Segunda Enseñanza de 1858 establece que sea el Francés la lengua viva que será impartida en los Estudios generales (art. 2º y 3º), y el Inglés, el Alemán o el Italiano en los Estudios de Aplicación (art. 5º). Con respecto al Plan Pidal de 1845, las lenguas vivas conocen por tanto un tratamiento altamente favorable, con una sensible ampliación en su estudio: además de abrir el abanico de lenguas vivas que podían estudiarse, el Francés pasa de ser considerado como una materia propia de los Estudios de Aplicación, es decir de tipo pre-profesional, y voluntaria, a ser contemplada como una materia troncal o fundamental en la formación del alumno. En el Programa general se especifica igualmente que en los Institutos existirá un Catedrático de Francés o de otra lengua viva.

La Ley Moyano establece también la obligatoriedad del libro de texto para todas las asignaturas: el art. 86 dispone en efecto que los "libros serán señalados en listas que el Gobierno publicará cada tres años". La Real Orden del 13-IX-1858 especificará por su parte que en las Lenguas vivas serán "los libros que designen los profesores", al no estar preparadas dichas listas, como en el resto de las asignaturas. De esta disposición se derivará una profusión de manuales redactados por lo general por los propios Catedráticos de cada Instituto. En un decreto posterior (Real Orden de 1 de Agosto de 1868), quedarán fijados por ley los libros de texto de lenguas vivas, así como los libros de ejercicios que pueden utilizarse en los Institutos de Segunda Enseñanza. Dicha disposición, surgida durante un período de gobierno conservador, muestra una característica de toda la época: negar no sólo la "libertad de cátedra", sino igualmente premiar o perseguir, según los casos, a aquel-los profesores afines u opuestos a la política del Gobierno. A pesar de tales disposiciones, que recogían una consideración igualitaria de la enseñanza de las lenguas vivas con respecto al resto de las asignaturas, en los años posteriores a la Ley Moyano se produce una tendencia que va a ir negando poco a poco dicho tratamiento. La falta de concreción en los Reglamentos de 1859 abrirá la puerta a un incumplimiento bastante generalizado de la disposición de obligatoriedad de la enseñanza del francés. Y los Planes de Estudio posteriores van postergando poco a poco el Francés: así, el Plan de Es-tudios de 21-VIII-1861 establece sólo la obligatoriedad de realizar un curso de lengua francesa "que los alumnos estudiarán en el año que elijan" para aspirar al grado de Bachiller en Artes; y el Plan de Estudios de 9-X-1866 únicamente mantiene un ejercicio de traducción para obtener el grado de Bachiller en Artes: "Los alumnos deberán aprender privadamente lengua francesa, de la cual se les exigirá un ejercicio de traducción en el grado de Bachiller en Artes" (art. 3, cap. I), sin que se especificase dónde deberán aprender esos conocimientos previos de lengua francesa: en la práctica dicha disposición eliminaba el Francés de la enseñanza en los Institutos, debiendo recurrir los alumnos para su preparación a la oferta privada o al autodidactismo.

Esta situación es mantenida en los mismos términos por el Reglamento de Segunda Enseñanza del Real Decreto del 15-VII-1867 (art. 112, cap. X). Para obtener los títulos de Perito Mercantil, Mecánico o Químico, Perito Agrimensor y Tasador..., se exige igualmente un conocimiento de las lenguas francesa e inglesa, pero no se proporcionan los medios para su aprendizaje en las Escuelas correspondientes. Otro dato revelador de esta tendencia contraria a las lenguas vivas (y concretamente al francés) lo constituye igualmente la desaparición del puesto de Catedrático de lengua viva en determinados Institutos de Segunda Enseñanza.

Otros aspectos importantes en este período en cuanto a la enseñanza de los idiomas es la fijación en 5 años de la duración de los estudios Superiores de la Facultad de Filosofía y Letras (Real Decreto de 23-IX-1857), siendo necesario pasar un examen para obtener el título de Licenciado que acredite poseer conocimientos de una lengua viva, además del francés, sin que se impartan no obstante estudios de lenguas vivas en dicha Facultad (art. 32). En cuanto a las condiciones para ser profesor de una lengua viva, no se exige ser de nacionalidad española, ni el contar con una titulación superior: las plazas que se crearon se cubrían por concurso público; el profesor "titular" puede a su vez nombrar como auxiliares a quienes él considere capaces de desempeñar tal tarea.            

El consenso que hizo posible la Ley Moyano no iba a durar mucho. La segunda mitad del siglo XIX, y el primer tercio del siglo XX, se caracterizan, por el contrario, por unos marcados vaivenes de la política educativa, en consonancia con la situación política global: períodos liberales que acentúan disposiciones en favor de la libertad de métodos y de elección de textos, de anulación de privilegios eclesiásticos (en paralelo con la afirmación de los derechos de reunión, de expresión, de imprenta); períodos conservadores que anulan las disposiciones anteriores, aumentan las prerrogativas de la administración central con funciones de control ideológico, favorecen a las órdenes religiosas, refuerzan el peso de la enseñanza clásica.

                                  Bibliografía

  • Historia de la educación en España, tomo II, De las Cortes de Cádiz a la revolución de 1868. Ministerio de Educación, Libros de Bolsillo de la Revista de Educación. Madrid, 1979
  • Ballarín Domingo, Pilar (1989). <<La educación de la mujer española en el siglo XIX>>. Historia de la educación: Revista interuniversitaria.
  • Sarasúa, Carmen (2002). <<Aprendiendo a ser mujeres: las escuelas de niñas en la España del siglo XIX>>. Cuadernos de historia contemporánea.

por Paya Frank @ Blogger

28 de octubre de 2024

Lo que los adolescentes piensan realmente sobre la IA


4 de octubre de 2024

Bienvenido al Veroño

 






El "veroño" es un término coloquial que se utiliza en algunas regiones de habla hispana, especialmente en España, para describir un fenómeno climático que combina características del verano y el otoño. Se refiere a un periodo de tiempo en el que, a pesar de que el otoño ha comenzado oficialmente, se experimentan temperaturas cálidas y agradables, similares a las del verano. Este fenómeno puede incluir días soleados y temperaturas superiores a lo normal para la temporada otoñal, lo que hace que las personas disfruten de actividades al aire libre y del clima templado antes de que lleguen las temperaturas frías del invierno. El veroño es apreciado por muchos, ya que ofrece una especie de "segunda oportunidad" para disfrutar del buen tiempo antes del frío.


¿Qué es el veroño y en qué consiste? | ElTiempo.es | Eltiempo.es

30 de septiembre de 2024

Las Leyes de Burgos, Nacimiento de los Derechos Humanos en Las colonias Americanas Españolas

 

                                              imagen de Google


Las Leyes de Burgos fueron un conjunto de normativas promulgadas en 1512 por la monarquía española en la ciudad de Burgos. Estas leyes fueron creadas con el objetivo de regular el trato de los indígenas en las colonias americanas, principalmente en lo que respecta a su trabajo y condiciones de vida bajo el sistema de encomienda, que era la principal forma de explotación laboral en las nuevas tierras conquistadas.

                 Algunos puntos clave de las Leyes de Burgos:

  1. Protección de los indígenas: Se buscaba, en teoría, garantizar los derechos de los pueblos indígenas, asegurando que no fueran explotados excesivamente por los encomenderos y que recibieran un trato "humano".

  2. Condiciones de trabajo: Establecían límites al trabajo de los indígenas, especificando jornadas laborales y condiciones de trabajo, como un descanso semanal.

  3. Conversión religiosa: Las leyes hacían hincapié en la evangelización de los indígenas, asegurando que debían recibir instrucción religiosa por parte de los encomenderos.

  4. Vivienda y alimentación: Las leyes obligaban a los encomenderos a proporcionar alojamiento adecuado y alimentación suficiente para los indígenas.

A pesar de sus intenciones, las Leyes de Burgos no fueron cumplidas con rigurosidad, y la explotación de los indígenas continuó. Aunque las leyes representaban un intento temprano de regular el trato hacia los pueblos indígenas, sus efectos reales fueron limitados, ya que las condiciones en las colonias siguieron siendo duras y opresivas para la población nativa.


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Información de Wikipedia


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                          https://datos.bne.es/edicion/bimo0000274045.html

                                Texto completo Las Leyes de Burgos en PDF

                         https://www.uv.es/correa/troncal/resources/leyesburgos1512.pdf

                                         Texto original digitalizado

                         https://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/show/246509

                          Enlaces externos

                               Referencias

  1.  Leyes de Burgos. Diccionario panhispánico del español jurídico
  2.  Sánchez Domingo, Rafael (1 de septiembre de 2012). «Las Leyes de Burgos de 1512 y la doctrina jurídica de la conquista» (pdf)Revista Jurídica de Castilla y León (28): 1. ISSN 2254-3805.
  3. ↑ Saltar a:a b Sánchez-Arcilla Bernal, José (2021). «Las Leyes de Burgos de 1512: una falacia de los Derechos Humanos. Revisión historiográfica» (pdf)Cuadernos de Historia del Derecho (28): 41-90. ISSN 1133-7613.
  4.  Las leyes de Burgos de 1512 y la doctrina jurídica de la conquista
  5.  LOS DERECHOS DE LOS INDIOS AMERICANOS EN EL REINADO DE LOS REYES CATÓLICO. Julia Menéndez Lada
  6.  “Leyes de Burgos de 1512 y Leyes de Valladolid de 1513”, “Fundación para el desarrollo provincial” (Burgos, 1991), p 21.
  7.  Lynne Gitar (2002). "Documentando el mito de la extinción de la cultura taína". KACIKE: Revista de la historia y antropología de los indígenas del Caribe. ISSN 1562-5028.


                              @ 2024 por Paya Frank Blogger


23 de septiembre de 2024

¿Cómo protegerme de la desinformación?

 


18 de septiembre de 2024

IA generativa

 



26 de agosto de 2024

Por qué los libros prolongan la vida {Imagen}

 


12 de julio de 2024

Cómo la Inteligencia Artificial generativa está transformando el papel de los profesionales de la información

 


8 de julio de 2024

Paya Frank .- Historia del Judaismo Español 3º y ultimo

 


El judaísmo español: El aroma sefardí de las aljamas andaluzas

Tal vez no haya otra región española en donde los judíos hayan gozado de semejante libertad, prosperidad y prestigio como en el sur de España. Es precisamente en Andalucía en donde se desarrolló una dinámica comunidad que contribuyó en gran medida a convertir el Califato de Córdoba en uno de principales centros culturales del mundo medieval.


El período comprendido desde la invasión musulmana en 711 hasta el desmembramiento del Califato de Córdoba, a principios del siglo XI, marca un glorioso capítulo de prosperidad y desarrollo intelectual para el judaísmo en el sur de la península. Es cierto que se sabe con certeza que había judíos en esta región antes de que Tariq ibn Ziyad desembarcara junto a la montaña de Calpe, es decir yabat Tarik, o Gibraltar en nuestros días, y derrotara al rey visigodo Rodrigo en Guadalete. Incluso es posible que hubieran llegado con los emprendedores fenicios, los grandes comerciantes de la antigüedad.

No se puede afirmar que vivieron felizmente en la península durante la época visigoda. Como ya se ha visto, fueron sometidos a un trato muy severo, y algunos de esos reyes se distinguieron por su odio contra ellos y hasta decretaron su expulsión. Por lo tanto, es lógico suponer que acogieran a los invasores con alivio: peor ya no podían estar. Y los bereberes pronto comprendieron que contaban con un aliado natural, de modo que dejaron pequeñas guarniciones en las villas que conquistaban y pedían la colaboración de los judíos para mantener a raya a los cristianos. Así comenzó una nueva era para los hebreos, al granjearse la confianza de los invasores.

Pero eso fue nada más un comienzo. Encargados de la administración de las ciudades conquistadas, ocuparon cargos importantes. Eran de hecho, los intermediarios entre los cristianos y los conquistadores islámicos. Tuvieron su Era de Oro durante el Califato de Córdoba, cuando ésta fue la metrópoli más próspera de Al Andalus. En su época más brillante, la actual ciudad andaluza contaba con medio millón de habitantes, entre musulmanes, judíos y cristianos. En su sociedad no solamente se estimaban las hazañas de guerra, sino la grandeza del intelecto. Los grandes sabios y poetas gozaban de una posición encumbrada, y se dice que la enorme biblioteca del califa Alhacam contenía más de cuatrocientos mil manuscritos.

Una de las figuras más sobresalientes de aquellos tiempos fue el rabí Jasdai Ibn Chaprut (915-970). Hijo de una noble familia judía de Jaén, recibió una esmerada educación. Estudió medicina y llegó a dominar el hebreo, el árabe y el latín. Además, estaba dotado de una inteligencia práctica y dominaba el arte de dirigir. Comenzó desempeñándose como médico de la corte, y advertido Abderramán de estas notables cualidades, le encargó el manejo de los asuntos extranjeros del califato. Entre otras actividades, recibió en el año 956 a Juan, el abad de Gorze (Lotaringia), enviado del emperador alemán Otón I. Ese mismo año Hasday fue enviado a la corte de León para concertar un pacto de amistad con ese reino cristiano. Dos años más tarde cumplió otra misión diplomática, esta vez en la capital de Navarra. Allí se hallaba Sancho el Craso, el obeso rey de León, que al ser expulsado por la nobleza leonesa había encontrado refugio en Pamplona junto con su abuela, la reina doña Toda de Navarra. A cambio de diez fortalezas, Abderrmán se comprometió a reponerlo en el trono, pero previamente el monarca leonés fue a Córdoba a fin de seguir un tratamiento del médico y diplomático judío, que le permitiera perder un tanto el exceso de peso que tanto le inquietaba. De modo que así aprendemos que la obesidad ha sido un problema que ha preocupado a los hombres desde la antigüedad.

El historiador Itzhak Baer pone en tela de juicio la famosa carta que Ibn Hasday hubiera enviado al rey de los cuzares, según relata su colega Simón Dubnow. Este afirma que en cierta ocasión los israelitas de Persia le comunicaron que en una región lejana existía un reino judío independiente, el de los cuzares. El príncipe de los judíos de España envió un mensajero pidiéndole que le escribiera toda la verdad sobre ese misterioso país. Algún tiempo después el rey Yosef de los cuzares le aclaró que si bien en su reino se profesaba el judaísmo, sus súbditos no eran descendientes de los hebreos. Diez años más tarde se supo la infausta noticia que ese reino había caído, y los supervivientes llegaron hasta el Califato de Córdoba para refugiarse. Pero lo claro y evidente es que siempre y cuando llegaban embajadores u otros enviados extranjeros a la Corte de Córdoba, Ibn Hasday se interesaba por saber cuál era la situación de los judíos en sus respectivos países.

A pesar de sus múltiples funciones oficiales, Jasdai no descuidó los asuntos de la comunidad judía. Fue el jefe de las aljamas de España, algo así como el Nasí o príncipe de las comunidades judías y bajo su amparo los judíos españoles gozaron de paz y prosperaron. En su época se fundó en Córdoba una academia talmúdica, que con el tiempo adquirió tal fama que empezaron a llegar muchos estudiosos de España y del norte de África. Rabí Jasdai también prestaba su ayuda a los filólogos Menahem Ben Saruc y Dunas Ben Labrat. Ambos investigaban las leyes gramaticales del hebreo, si bien discrepaban en sus opiniones. Menahem escribió el primer diccionario hebreo intitulado “Majberet”, aunque su colega lo criticó vivamente. Entre los discípulos del primero figuraba el gramático Judá Ben Hayug, que fue el primero en establecer el principio que las raíces de las palabras hebreas son generalmente trilíteras: es decir, de tres letras, una norma aceptada hasta el día de hoy.

Hay una larga nómina de destacadas figuras judías que vieron luz en el sur de España. Durante los siglos XI y XII aparecieron tan gran cantidad de sabios y poetas, que ese periodo ha merecido el nombre de “Edad de Oro” de la literatura judía. Uno de ellos era Salomón (Shlomo) Ibn Gabirol. Fallecido en la flor de su vida, el Avicebrón para los escritores medievales, fue uno de los principales poetas y filósofos de esa época. Indícase que nació en Málaga en 1020 ó 1021 y murió en Valencia en 1058. Huérfano desde niño, fue protegido por el Naguid de Granada, y escribió espléndidas poesías, en las que da expresión cabal al dolor del pueblo judío errante y la honda nostalgia de su alma por la patria perdida. En su obra maestra, Keter Maljut (Corona Real), incorpora oraciones de Yom Kipur, proclamando profundos pensamientos filosóficos relativos a los atributos de Dios y a las maravillas de su Creación. Su otra obra, Makor Jayim (Fuente de la Vida), está escrita en árabe como diálogo platónico. Afírmase que sus doctrinas, aceptadas principalmente por los franciscanos aunque opuestas por los dominicos, y en especial Tomás de Aquino, influenciaron al famoso escritor catalán Ramón Llull.

Otra figura destacada fue el rabino Isaac Alfasi. Talmudista nacido en Argelia que dirigió durante mucho tiempo la famosa academia talmúdica de Fez (de allí su nombre), pero tuvo que huir a España a la edad de 75 años en donde vivió hasta su muerte a los 90). Poco después de su llegada impuso su hegemonía en la gran academia de Lucena, en donde estuvo rodeado por una multitud de discípulos, entre ellos Yehudá Halevy. Sabía interpretar con particular ingenio las leyes talmúdicas, que recopiló en su obra Sefer Hahalajot (Libro de las Normas Jurídicas), escrito en hebreo y arameo. Es considerado uno de los mayores genios en la interpretación de las normas jurídicas y sociales judías.

Conocido como el Naguid (Príncipe) de Granada, Samuel Hanaguid, Samuel Ben Yosef ibn Nagrela fue un poeta, gramático, lingüista y estadista de singular talento, Nació en Córdoba y recibió una esmerada instrucción, aunque tuvo que huir luego que los bereberes saquearon esa ciudad en 1013, instalándose en Málaga. Luego ascendió paulatinamente desde la categoría de humilde tendero y recaudador de impuestos, hasta convertirse en visir del rey moro de Granada, cargo que desempeñó durante veintiocho años, en los que el pequeño Principado prosperó notablemente. Cuando el rey Habus falleció y fue sucedido por su hijo Badis, Samuel asumió de hecho el gobierno del reino, ya que este último prestaba poca atención a los asuntos de Estado.

Lo más notable es que a pesar de carecer de instrucción militar, se desempeñó frecuentemente como comandante de las tropas en el campo de batalla. Asimismo, en sus contactos diplomáticos con gobiernos extranjeros prestó particular atención en mejorar la situación de las comunidades judías locales. Además, era también jefe de la aljama de Granada, y amparaba a sabios y escritores judíos que carecían de medios, entre ellos el famoso Ibn Gabirol. Eso no quiere decir que no tuviera relaciones con los mahometanos, y muchos de ellos eran sus amigos y admiraban el modo como dirigía al país. Fue también un prolífero escritor. Asimismo compuso muchas poesías religiosas (una de ellas, en siete idiomas), un libro de parábolas y una recopilación de sentencias filosóficas. Falleció en 1056.

La nómina de personalidades notables es larga, y en breve se mencionará tan sólo a Yehudá Halevy, que aunque nació en la Castilla cristiana pasó bien pronto al sur de la España arábiga. Se le conoce principalmente por sus exquisitas poesías, pero como muchos intelectuales de su época, también fue médico. No es ninguna casualidad que la medicina fuera una de las preferentes actividades de los judíos, tanto en Andalucía como en el resto de España.

Decadencia

Pero todo terminó, como suele ocurrir infaliblemente a ese pueblo, al desmembrarse el Califato. Entonces llegaron los fanáticos almohades africanos, que deseaban convertir a su fe a judíos y cristianos. Fue en ese momento cuando muchos judíos que se negaron a renegar a su fe, tuvieron que refugiarse en otras tierras. Como lo explica el historiador Simón Dubnow, "oprimidos por los almohades, muchos judíos españoles se radicaron en las zonas tranquilas de Africa, especialmente en Egipto". Este país estaba gobernado a la sazón por Saladino el Grande (Salah e-Din), quien les autorizó a residir incluso en Jerusalén, además de instalarse en el entonces próspero Egipto. Entre esos refugiados, que fueron primero a Marruecos para instalarse luego cerca de El Cairo, figuraba un muchacho de 13 años. A esa edad tan temprana ya estaba muy versado en muchas disciplinas del saber humano y escribía con soltura en varios idiomas, prometiendo ser todo un gaón. Y efectivamente, ha pasado a la posterioridad como el Rambam, más bien conocido en castellano como Maimónides, que para muchos es la figura principal del judaísmo hispánico medieval. Evidentemente, esta figura tan sobresaliente del judaísmo hispano se merece un capítulo aparte, que espero publicar en un momento oportuno en este sitio.

Pero acaso el fenómeno más extraordinario, es que cuando los ejércitos cristianos reconquistaron gran parte de la región, los judíos volvieron a desempeñar un papel preponderante en la administración de esas tierras. Eran como una suerte de puente entre los nuevos dueños y la población morisca que había quedado. Sin embargo, los historiadores señalan que los hebreos ya no pudieron gozar de los mismos derechos que se les había concedido en tiempos islámicos, "porque en aquel preciso instante había una libertad más efectiva que oficial, mientras que bajo el dominio de la Corona de Castilla, esa libertad era más de nombre que de hecho".

Para recapitular, se ha de indicar que las principales aljamas andaluzas fueron las de Córdoba, Sevilla, Málaga, Lucena, Almería, Jerez de la Frontera y, desde luego, Granada. En este último reino hubo un visir judío, Samuel ibn Nagrella, que fomentó en gran medida las artes y el comercio, y dejó impresa su huella en el esplendor que puede discernirse hasta el día de hoy en esta hermosa ciudad andaluza.

A continuación un somero detalle de algunas de las más importantes juderías de Andalucía:

Alcalá de Guadaira

Mucho no se sabe sobre la presencia judía en esta ciudad sevillana, que hoy tiene unos 50.000 habitantes, pero es característico lo que ocurrió allí por orden eclesiástica. Existen documentos que indican que en 1390, un año antes de la terrible ola de disturbios antijudíos iniciada en la capital de esa provincia, se ordenó convertir la sinagoga en Iglesia. ¿Por qué? Sencillamente, "porque assy como antes se servia de ella el ante Christo, se sirviese despues Nuestro Señor Jesuchristo".

Almería

Existen documentos que confirman la presencia de una importante aljama en esta ciudad andaluza, hasta su conquista por los Reyes Católicos. Se sabe que los hebreos vivían en las proximidades de la Alcazaba. Cuando fue ocupada por las tropas cristianas (diciembre de 1489), los términos de las capitulaciones firmadas favorecían generalmente a los judíos, con la salvedad que éstos no podían asumir cargo alguno que tuviera autoridad sobre la población musulmana. Asimismo, en la Expulsión de 1492 se embarcaron de este puerto muchos judíos que se dirigían principalmente a África del Norte.

Cádiz

Algunos historiadores han identificado esa ciudad andaluza con la bíblica Tarshish. Se sabe que la aljama habría existido durante la dominación musulmana, y que un judío llamado Samuel de Cádiz figuraban entre quienes recibieron propiedades luego de la Reconquista. La comunidad adquirió mayor importancia cuando la isla en donde estaba la ciudad quedó comunicada con tierra firme en razón del limo arrastrado por el Guadalquivir. Se sabe que a fines del siglo XV existía un numeroso grupo de conversos. Según el historiador Andrés Bernáldez, en agosto de 1492 unos 8000 judíos zarparon de ese puerto rumbo a Marruecos, al ser expulsados de España.

Carmona

Se tiene conocimiento que existió una importante judería en esa ciudad sevillana. También se sabe que la sinagoga fue derribada en 1395, cuatro años después del genocidio de las comunidades judías hispanas, por iniciativa del fanático arcediano de Ecija. Se supone que la iglesia de San Blas, existente hasta el día de hoy, habría sido edificada sobre los restos de aquel templo, dado que se encuentra muy cerca de una calle que se llama aún de La Judería.

Córdoba

Se supone que los judíos se instalaron en esta ciudad desde una época muy remota. Desde luego que ya hubo hebreos en tiempos romanos y luego, durante el régimen visigodo. Su época de mayor prosperidad coincidió durante el reinado de Abderramán (Abd el-Rahman) II, cuando las riendas del poder estaban de hecho en manos de Hasday Ibn Shaprut, el visir judío del califa. Es cierto que luego, con la invasión de los fanáticos almohades decayó la gravitación judía, pero cobró nuevos bríos al ser reconquistada por Fernando III. Poco después se proclamó un fuero que daba el mismo trato –por lo menos, en teoría- a cristianos, musulmanes y judíos.

Este monarca filojudío también concedió su visto bueno para la construcción de otra sinagoga, no obstante la obstinada oposición del Cabildo, que llegó incluso a apelar ante el Papa en Roma para que no se concluyese la obra. Sencillamente, el obispo argumentaba que su altura ocasionaría "grave escándalo de los fieles cristianos". Pero ello era algo más que un simple detalle de medidas; constituía de hecho una confirmación de la gran importancia que tenía la aljama, a pesar de todos los intentos de la Iglesia de reducirla.

Por haber sido la patria de Maimónides, el ayuntamiento ha erigido una estatua del famoso filósofo judío, en la llamada plaza Judá, no lejos de la antigua sinagoga, que tiene la gran ventaja que jamás fue convertida en templo cristiano. Sí fue hospital, cofradía de zapateros y finalmente en 1885 declarada Monumento Nacional, y ha sido restaurada en forma parcial. En un reportaje filmado hace una década, el ex Presidente Itzhak Navón nos muestra el patio típico de una casa del barrio viejo: las innumerables macetas con flores, afirma, le recuerdan el hogar paternal en la Ciudad Vieja de Jerusalén. En sus patios de aroma sefardí, las mujeres regaban y cuidaban las flores con la misma atención que las hebreas cordobesas habrían otorgado a sus florecientes tiestos colocados en el suelo, en los muros y hasta pendiendo del techo, en una profusión de aromas y colores.

Ecija

Fue esta ciudad andaluza la patria del arcediano Ferrant o Ferrán Martínez, un terrible y enconado antisemita, instigador de la terrible matanza que segó la vida de unos 50.000 judíos en los disturbios que inició en Sevilla en 1391. Ecija tuvo su propia aljama y su hijo predilecto habría sido Yosef Halevy Ben Efraim, conocido entre los cristianos como Don Yosef de Ecija, que fue designado almojarife mayor, es decidir recaudador de impuestos y tesorero del monarca. Con el tiempo demostró hasta tal punto su inteligencia y lealtad, llegó a ser miembro del consejo privado de Alfonso XI, quien le puso al frente de todo su reino y llegó a ser el más grande de los judíos. Según documentos de aquella época, fue hombre fiel a su pueblo y a su religión. Edificó una sinagoga en Sevilla y en su ciudad natal dedicó ciertos terrenos “al servicio de Dios”, para sufragar las necesidades del maestros y de los discípulas de la academia talmúdica local, y adquirir objetos de culto para la sinagoga del de la comunidad. Pero en 1390, el arcediano Ferrán ordenó su destrucción, sin tener en cuenta las recomendaciones en sentido contrario formuladas por el rey Enrique el Doliente.

Granada

El último reducto de la dominación musulmana en la península, se llamó en primer lugar Gharnata-al-Yehud, o sea Granada de los Judíos, lo que atestigua la particular importancia que tenía allí la comunidad hebrea, establecida desde la época romana. Luego de la ocupación mora, los judíos tuvieron tres años de tranquilidad y prosperidad. Cuando la ciudad se convirtió en la capital del reino, el califica Habus designó visir a Yosef ibn Nagrella, también conocido como Samuel Hanagid. Este era también el rabino de la villa y director de una importante academia talmúdica.

Cuando Habus falleció y su hijo asumió el trono, Samuel siguió siendo el brazo derecho de la corona, y su cargo fue heredado por su hijo, Yosef. Sin embargo, extremistas musulmanes incitaron a las masas y el 30 de diciembre 1066 se produjo un terrible pogrom, en el que murieron cuatro mil judíos, inclusive el visir. Esta fue la primera persecución antisemita en las tierras moras de la península. En años posteriores se repitieron los ataques de la turba contra la judería. Conquistada por los Reyes Católicos, el edito de Expulsión también se aplicó a la comunidad local, y un viajero alemán relata que unos veinte mil judíos tuvieron que abandonar esa ciudad.

Jerez de la Frontera

Ya parece evidente que contó con una judería desde la época visigoda, la que si bien habría prosperado durante la dominación musulmana, también sufrió mucho de la invasión almorávide. De la documentación existente se desprende que al llegar los ejércitos cristianos esa ciudad tenía una barrio judío bien organizado, con sinagogas y otras instituciones comunitarias. Es interesante señalar que en la aljama vivían cristianos, y había judíos que habitaban fuera de ella. De cualquier modo, en el repartimiento dictado por Alfonso X en 1266 se señala que se habían asignado noventa casas a los judíos, lo que no dejaba de ser un número considerable para aquella época. A algunos de ellos se los llama ballesteros, lo que en aquella época implicaba arqueros empleados como exploradores militares, guardias y policías. Esa denominación confirma la impresión de que los judíos participaron militarmente en la Reconquista.

También se sabe que Alfonso X, en oportunidad de una proclama dictada dos años antes, en 1264, cita que la aljama local tenía dos sinagogas, aunque una de ellas fue destruida en 1479. Sufrió como todas las ciudades españolas, de las horribles matanzas en 1391, aunque parece ser que la comunidad siguió existiendo. Y como era usual, habrían no pocos conversos que mantenían viva su fe, hasta que la Inquisición puso término a esa herejía o con el tiempo la misma desapareció.

Lucena

Aunque parezca repetitivo, pero no deja de ser ilustrativo, aquí tenemos una ciudad andaluza –entre Córdoba y Granada- que tiene en sus anales un gran pasado hebreo. Afírmase que los judíos la llamaban Aliasana, y que en el siglo IX había sido conocida como la Ciudad de los Judíos, puesto que no habría otros habitantes en ella que los descendientes de Abraham. Las familias Idfn Daud y Abravanel afirmaban que sus antepasados habían llegado a Lucena en la época en que Nabucodonosor destruyó el Primer Templo. Cuando arribaron los moros, la ya importante comunidad mantenía contactos con las academias talmúdicas en Babilonia. Algunos historiadores la consideran como la más importante aljama española de su época.

El Idrisi, el geógrafo árabe al servicio del rey normando, escribió que "allí los judíos son más ricos que en ningún otro lugar sometido al Islam". Se sabe que el gran rabino, secundado por dayanim y cohanim, era la autoridad suprema de esa especie de gobierno democrático, que estaba tan sólo sometida a la autoridad superior del califa. Pero la invasión de los fanáticos almorávides puso término a esa situación en el año 1148, y tanto la aljama como la ciudad en sí perdieron gran parte de su tamaño e importancia.

Málaga

En esta ciudad andaluza vivió durante cierto tiempo el principal hombre de Estado judío en el siglo IX, Samuel Hanagid, huyendo de las persecuciones antijudías en Córdoba, su ciudad natal, convirtiéndose en un modesto tendero Pero pronto se apreciaron sus extraordinarias cualidades, y llegó a ser visir del califa de Granada, que durante 30 años condujo la política interna y exterior de ese reino moro y que era, además, un erudito rabínico y gran defensor de su pueblo.

Cuando fue conquistada por los Reyes Católicos en 1487, los 400 judíos que tenía la ciudad fueron considerados como cautivos, y su rescate fue abonado por todas las juderías de España. Actualmente, en la ruta que conduce monte arriba a la alcazaba, de esa importante ciudad andaluza, se puede contemplar un busto del famoso poeta y filósofo hebreo medieval Shlomó Ibn Gabirol.

Sevilla

Cuando el rey Fernando III reconquistó la ciudad en 1248, una delegación de judíos fue a su encuentro y le entregó las llaves de la aljama, con una leyenda que decía: "El Rey de Reyes abrirá, el Rey de toda la Tierra entrará". Esta llave se conserva hasta el día de hoy en el tesoro de la Catedral. Con este gesto, los hebreos reconocían al monarca castellano como rey de las tres religiones. Y así efectivamente fue. Y como prueba de ello se puede ver en su tumba en esa misma catedral, un epitafio escrito en latín, árabe y hebreo.

Al ser conquistada Sevilla, la judería estaba en evidente decadencia, como consecuencia de la invasión almohade. Y es un hecho comprobado que desde entonces comenzó a recuperarse, hasta alcanzar su mayor momento de esplendor. Ese monarca cristiano concedió a los judíos locales excelentes condiciones y una absoluta libertad religiosa. Su hijo Alfonso X, también considerado generalmente como filosemita, aunque donó a la Iglesia todas las mezquitas de esa ciudad, excluyó a las tres encontradas en la judería sevillana, que fueron convertidas en sinagogas. También se sabe que el barrio judío, en donde llegaron a vivir veinte mil almas, ocupó lo que hoy se conoce como el de Santa Cruz, y junto a la Macarena, estarían los restos del cementerio hebreo.

Las crónicas locales indican que ese monarca inauguró en 1254 dos ferias, y los judíos que participaron obtuvieron exención de impuestos. Sin embargo, el rey dictó en 1256 que cada una de las personalidades judías locales pagara la suma de 30 denari al clero católico, una suma previamente abonada por los judíos de Toledo. Los archivos de 1293-94 muestran que la comunidad había abonado no menos de 115.00 maravedíes y 5 sólidos. Se supone que entonces la aljama consistía de 200 familias, que en su mayor parte gozaban de buena situación económica.

Existen pruebas fehacientes que luego de 1391, había gran número de conversos en la ciudad, y algunos llegaban a ocupar cargos de jerarquía. Luego de los ataques perpetrados contra los anusim en Córdoba en 1477, muchos de los judíos cordobeses se refugiaron en la capital andaluza. Cuando los Reyes Católicos visitaron la ciudad, el clero se quejó de la presencia de tantos criptojudíos, que no ocultaban su condición de tales. Así es que dos años más tarde se creó la Inquisición. Persiguiendo con saña a los hebreos causó estragos en sus filas, aprehendió a más de un buen cristiano delatado por sus enemigos, y dio lugar a que muchos conversos huyeran para no volver jamás. Según cifras fidedignas, no menos de 700 hombres y mujeres fueron quemados en las piras del Santo Oficio entre 1481 y 1488.

En 1483 los judíos locales tuvieron que salir de la ciudad, ante la orden real de que abandonaran todo el territorio andaluz en un plazo de 30 días. La Inquisición celebró su primera "asamblea" en Sevilla a fines de 1484, para determinar normas y "métodos de trabajo" a fin de mejorar su detestable labor. Sus informantes rondaban constante el puerto, a fin de delatar cualquier individuo sospechoso de pertenecer a la "raza maldita".

A fines del siglo XIX y principios del XX volvió a instalarse cierto número de judíos en Sevilla, que procedían en su mayor parte del Marruecos, en especial de Tetuán. Ángel Pulido señala que en 1904 había una veintena de familias, cuyo número aumentó gradualmente Se trataba generalmente de gente de condición modesta, que se dedicaba a diversos oficios manuales y que habían huido debido a la inestabilidad que cundía en esa zona. Cuando durante la guerra civil española del ’36 la ciudad fue conquistada por los rebeldes franquistas, el comandante de la zona, General Queipo de Llano, conocido por sus tendencias antisemitas que jamás disimuló, impuso una multa de 138.000 pesetas a la pequeña judería que allí había.

Es interesante recordar que en el Archivo General de Indias de la capital andaluza se conserva un ejemplar del "Almanaque Perpetuo" del judío salmantino Abraham Zacuto, que posiblemente habría sido usado por Colón. También aparecen los libros de cuentas del converso Luis de Santángel, sin cuyo aporte el gran navegante no hubiera podido levantar anclas en Los Palos.
@ 1996 Frank Paya