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26 de mayo de 2023

Paya Frank .- LAS CORTES CASTELLANAS

 



El concepto de Cortes Castellanas en la E.M. encierra la defensa de derechos y libertades ciudadanas; para otros historiadores se trata de una asamblea política en la que colaboran el monarca y los representantes de los brazos o estamentos. Este anacronismo y diferencia de opinión es el resultado de aplicar a la E.M. conceptos modernos como absolutismo y constitucionalismo.

En la Península, aunque hasta el XIII no puede hablarse de Cortes, éstas tienen sus precedentes en asambleas políticas como concilios generales, la Curia Regia o las Asambleas de Paz y Tregua. Por tanto, los concilios toledanos de época visigoda son el origen de las Cortes. Aquellos, sin perder su carácter eclesiástico-religioso, se convierten en asambleas políticas a partir de la conversión de los visigodos al catolicismo.

Se van convocando sucesivos concilios a partir del VI. Todos ellos recogen las progresivas modificaciones legales junto a las eclesiásticas. Poco a poco se van esbozando disposiciones legales de protección a los nobles, al monarca y de colaboración con la iglesia.

Las arbitrariedades cometidas por los reyes sancionadores son motivo de nuevas disposiciones para limitar el poder real; los ejemplos y citas sobre la politización de los concilios perdurarán hasta los reyes de Castilla y León, cuando recurren a los concilios para aprobar disposiciones de carácter general.

Fernando I, tras la unión castellano-aragonés, no pone fin a estas asambleas y confirma los acuerdos del concilio de Coyanza en 1055. también se tratan asuntos civiles.

Concilios y curia son las únicas asambleas que podemos considerar precedentes de las Cortes. En Cataluña, junto al consejo del conde-rey, se convocan asambleas más amplias con la finalidad de mantener pacificado el territorio en caso de situación peligrosa. Son las Asambleas de Paz y Tregua que tienen su precedente en la promulgación de la Paz y Tregua de Dios.

Es posible que las primeras Cortes se dieran en León en 1188, pero se discute sobre su localización en otros lugares del reino. La asamblea leonesa de esta fecha ha sido considerada la 1ª manifestación de las Cortes peninsulares porque Alfonso IX habla de la presencia de “los ciudadanos elegidos de cada una de las ciudades”, lo que daría a esta reunión un carácter representativo. No todos los historiadores han aceptado el carácter de cortes de esta asamblea, ya que no se conoce el documento original. Lo que está claro es que estas asambleas y la de 1202 son fundamentales para ver la importancia que van adquiriendo los sectores urbanos llamados por el rey a título personal pero que no representan a los ciudadanos, porque hasta el XIII no se generaliza la asistencia de ellos como procuradores, es decir, con poderes de los concejos. A partir de este siglo puede hablarse de la existencia de las Cortes cuyos precedentes más inmediatos serían las curias convocadas por Alfonso IX de León.

Las Cortes heredan de la curia la función del concejo, pero ésta va perdiendo importancia a favor de la ayuda económica, política y militar. La debilidad política del monarca reflejada en la petición de ayuda servirá de pretexto a las Cortes para imponer sus condiciones y pactar con el rey que, en adelante, no podrá gobernar sin su consentimiento (el de las Cortes).

El pacto más conocido es el firmado a finales del XIII por Pedro el Grande con aragoneses, catalanes y valencianos. Casos similares de dan en León-Castilla, Navarra y Portugal.

Navarra también se disputa la prioridad de las Cortes señalándose como las primeras de Europa las celebradas en Huarte. También aquí sólo puede hablarse de Cortes a partir de finales del XIII, cuando los tres Estados actúan para defender sus fueros. El rey jurará ante las exigencias de los nobles e infanzones.

Los problemas de la Corona de Aragón aumentan el poder de las Cortes y el rey tiene que pactar y aceptar las condiciones que le imponen aquellas.

También se llega al pactismo en Cataluña para conseguir del rey el compromiso de reunir periódicamente las Cortes y no tomar medidas sin el consentimiento de ellas.

En años posteriores las Cortes amplían su papel legislativo cuyas leyes se convierten en obligatorias para todos, incluyendo al monarca y sus oficiales.

Alfonso X pretende fortalecer el poder monárquico insistiendo en la procedencia divina del mismo. Reivindica la capacidad legislativa y el poder de promulgar leyes de validad general basándose en el Derecho Romano. Frente a este proyecto político no existe un programa de los estamentos que rechace las reformas de las Cortes formando ligas o hermandades que, en algunos casos, pasas a la revuelta armada.

A pesar de la alianza entre nobles, clérigos y ciudadanos para limitar el poder real, surgen diferencias entre los estamentos, porque la nobleza se aprovecha de las circunstancias para incrementar su poder y los concejos actúan de modo de contrapeso a la presión nobiliaria, lo que permite sostenerse a la monarquía.

En la 2ª ½ del XIV los problemas en los reinos peninsulares debilitan a la monarquía y los reyes tienen que aceptar la intromisión de las Cortes para obtener ayuda, pero no se resisten a renunciar al programa político de Alfonso X de Castilla. El monarca puede cambiar las leyes ante las necesidades que se originen por una nueva situación.

En 1406 se convocan Cortes en Toledo; este momento es uno de los más bajos para las Cortes castellanas, porque pierden su fuerza a finales del XIV ya que se afirmó la autoridad monárquica, apoyado por la nobleza y sin tener en cuenta a las ciudades, en las que ya se había institucionalizada el sistema de corregidores durante el reinado de los RR.CC.

En Aragón y Cataluña el rey depende de las Cortes y Diputaciones. Tiene que dictar normas favorables a los grupos sociales representados en Cortes. No aceptan la intromisión del monarca en Valencia aunque sus Cortes no tienen la agresividad de las catalanas. Con los intentos reales de imponer la Inquisición castellana se llegó a amenazar al monarca con la clausura de las Cortes.

Dentro de un concepto medieval, los clérigos-nobles-ciudadanos que asisten a las Cortes representan al reino. El clero secular está representado por los arzobispos, obispos y miembros del cabildo. Los nobles representan a los guerreros y a los campesinos que dependen de ellos.

Partiendo de ideas actuales se ha dicho que la creación del Consejo Real de Castilla, el juramento de los reyes de Navarra o el pactismo de aragoneses y catalanes significan una marcha hacia el constitucionalismo, hacia un gobierno compartido frente al poder personalista del monarca.

En las Cortes de 1238 los acuerdos relativos a las ciudades se reducen a la aceptación por parte del monarca de que sigan al frente de los lugares de realengo los paciarios.

Los súbditos de la Corona de Castilla están representados por los procuradores de los concejos que defienden los intereses de los oligarcas.

1. brazos

El 1º es el eclesiástico, pero en las Cortes castellanas sólo intervienen los procuradores del concejo; ello es debido a que los nobles y eclesiásticos están libres de impuestos y sobre las ciudades recae el peso económico por las ayudas concedidas al rey.

Desde el XV sólo tenían derecho de representación a Cortes 17 ciudades. El brazo eclesiástico: los clérigos están a la cabeza de la organización social. Excepto en Aragón donde su presencia es casi nula, en el resto de la Península hacen uso de dos armas: el entredicho y la excomunión.

1.1. brazo nobiliario

La actividad militar ha convertido a los guerreros en señores de los vasallos. Los nobles castellanos basan su riqueza en el botín, en las concesiones de tierras y en los derechos que les concede el rey por sus servicios militares.

1.2. consejo del rey

Se le limitan sus poderes por la firma de pactos con las Cortes. En la práctica el rey interviene personalmente o a través de los corregidores en nombramiento de los procuradores de la ciudad.

La convocatoria a Cortes depende del rey, de su voluntad y no tiene que responder ante ellas del cumplimiento de los pactos.

Atribuciones de las Cortes: cuestiones de sucesión y regencia, legislación y votación de tributos, administración y política exterior.

En cuanto al juramento y elección del rey, según la teoría medieval su poder le viene de Dios. La celebración de Cortes para aceptar al nuevo rey está documentada en la corona de Castilla desde el XIII.

También las Cortes pueden intervenir en política exterior, en cuestiones monetarias y para tomar medidas encaminadas a aumentar la producción.

1.3. control de minorías

Mudéjares y judíos no aparecen mencionados en las Cortes a pesar de la cuantía de su número en Aragón y Valencia. En Castilla sí hay referencia a los judíos y, en Cataluña se ocupa de ellos la Asamblea de Paz y Tregua de 1228.

Judíos y musulmanes se rigen por su propia ley. Las Cortes buscarán poner fin a esta autonomía judicial y someter a ambos a la autoridad de los jueces ordinarios del concejo.

Durante la época medieval las Cortes desempeñaron un papel importante en la vida política, social y económica. Su intervención compensaba el poder de los monarcas y han supuesto un precedente para el control del absolutismo.

No todos los reinos tenían el mismo poder en las Cortes. La situación dependía de la necesidad de negociar por parte del monarca.


del secuestro de Tordesillas a la farsa de Ávila

Muerto Fernando de Antequera, la nobleza castellana agrupada en torno a la reina Catalina de Lancaster y dirigida por el arzobispo toledano y por los nobles designados por Enrique III para custodiar al rey, se hizo con el poder, alejó momentáneamente a los infantes Juan y Enrique, quienes recuperarán su poder con el apoyo de Alfonso el Magnánimo de Aragón y también porque se queda sin dirigentes la nobleza castellana al fallecer Juan Fernández de Velasco y Diego Stúñiga.

Durante 2 años Juan y Enrique gobernaron Castilla sin más oposición que la existente entre ellos. Enrique aprovecha la ausencia de su hermano Juan, que irá a Navarra para contraer matrimonio con Blanca, para apoderarse del monarca en Tordesillas, hacerse conceder el marquesado de Villena y unirse en matrimonio a Catalina, hermana del monarca castellano.

Álvaro de Luna se une a Juan de Navarra y derrotan a Enrique en 1422, repartiendo sus bienes y los de sus partidarios entre los vencedores y de esta forma evitar todo los posible cambios de alianzas y estos bienes son las garantías de fidelidad nobiliaria.

La unión de Juan de Navarra y de Álvaro respondía a las necesidades del momento y juntos anularon las ciudades y las Cortes. Los procuradores pasan a ser funcionarios sin ningún tipo de autonomía y las ciudades pasar a ser gobernadas por regidores nombrados por el monarca y no elegidos según los fueros. Esto hace de las ciudades una aristocratización en la que el concejo integrado por los vecinos desaparece para pasar a un concejo restringido.

Álvaro de Luna cada vez va adquiriendo más fuerza, hasta el punto de alarmar a Juan de Navarra, quien por mediación de Alfonso el Magnánimo se reconcilió con Enrique y alejó de la corte al privado de Juan II en 1427. Álvaro de Luna había logrado reunir a su alrededor a gran número de nobles a los que ofrecía, a cambio de su ayuda, participación en el poder y en el reparto de los bienes de los infantes, que serán expulsados de Castilla en 1429 por las tropas de Majano (1430) ya se confirma definitivamente la expulsión de los infantes de Aragón.

El triunfo de Álvaro de Luna fue seguido de concesiones de tierras y cargos a los aliados pero pronto aparecerá un grupo de descontentos que volvieron a solicitar otra vez la intervención de los infantes.

Entre 1435-1440 el sistema de alianzas cambió continuamente, alianzas que siempre justifican su acción ante las Cortes y para lograr el apoyo de las ciudades.

Los infantes harán prisionero al rey en 1443, pero eso no evita que Álvaro de Luna los derrote militarmente en Olmedo (1445).

Durante los 30 años transcurridos desde la muerte de Fernando de Antequera, la nobleza había crecido extraordinariamente y el poder nobiliario era grande y los nobles no aceptaron ni a Álvaro de Luna ni la autoridad del monarca. Finalmente los nobles mandan al rey que Álvaro sea ajusticiado. Un año más tarde moría Juan II y a su muerte, gran número de lugares de realengo y todas las rentas del reino estaban en manos de los nobles, por culpa de Álvaro de Luna, según denuncia Juan II en carta dirigida a los súbditos en la que acusa al favorito de haber querido igualarse con el rey.

Juan II recuerda la concesión a Álvaro de Luna del maestrazgo de la Orden de Santiago que antes que él tuvo el infante Enrique de Aragón, destituido a instancias de Juan II en una ceremonia que recuerda la forma de degradar a un caballero que no cumple con sus deberes y es un claro precedente de la ceremonia en la que años después será destituido como rey de Castilla Enrique IV en la llamada Farsa de Ávila.


la mesta

La tradición ganadera en la España cristiana procedía de antiguo, desde que los hispano-cristianos pudieron establecerse y dominar la cuenca del Duero, así como dominar la cuenca del Ebro. La tradición ganadera se incrementa con las conquistas efectuadas durante la Plena E.M.: Valle del Tajo, Guadiana, Guadalquivir y Levante.

La ganadería castellano-aragonesa será el modelo de ganadería que conocemos como ganadería trashumante.

Dentro de la trashumancia podemos observar tres tipos: normal, inversa y mixta.

Trashumancia normal es aquella en la que se conduce el ganado del llano a la montaña; en la trashumancia inversa el ganado es conducido de la montaña al llano y la mixta, los rebaños pasarán del llano a la montaña en época estival y descenderán a la planicie en invierno.

La trashumancia castellana es mixta, los rebaños recorrerán el país dos veces al año, bajo la protección de pastores y jueces de ganados.

Todo un conglomerado muy complejo de rebaños y hombres recorrerán el país en dirección norte-sur y sur-norte. Para ello se hizo necesario la construcción y estructuración de unos itinerarios concretos que van a recibir el nombre de cañadas.

Fueron 3 las grandes cañadas castellanas que constituyeron los ejes básicos de la ganadería fundamental:

*       Cañada leonesa, partía de León, atraviesa Zamora, Salamanca y Béjar y desde allí se dirige a Plasencia, Cáceres, Mérida y Badajoz, con ramificaciones hasta Portugal y Andalucía.

*       Cañada segoviana, partía de Logroño con dos ramales, el 1º se dirigía al suroeste por Burgos, Palencia, Segovia y Ávila, para unirse en Béjar con la leonesa y el 2º pasaba por tierras sorianas, atravesaba el Sistema Central hasta Talavera, Guadalupe y Almadén y llega al Valle del Guadalquivir.

*       Cañada manchega nacía en Cuenca con las llanuras murcianas, atravesando La Mancha y parte alta de la cuenca del Guadalquivir.

La especie de la oveja era la merina y se ha discutido mucho su procedencia. Según las últimas investigaciones parece del norte de África, de Marruecos. Al establecerse en Andalucía estos ejemplares que los habían traído los benimerines y al cruzarse con las ovejas existentes en el país, dio como resultado esta especie.

La importancia que adquiere la ganadería dentro de la actividad económica del reino va a cristalizar en una organización política en la cual se intentará agrupar a los numerosos ganaderos. Esta institución es la que conocemos como el Honrado Consejo de la Mesta y será Alfonso X el Sabio el que otorgue un notable privilegio en 1273, en virtud del cual la Mesta se convierte en una institución a escala nacional. Alfonso X no innova, se dedica a dar carácter oficial a una organización ya existente.

Los pastores de la Mesta son al mismo tiempo guerreros y su fuerza militar y económica les lleva con el tiempo a convertirse en dirigentes de los Concejos.

Los mayores propietarios de ganados son los monasterios-iglesias, los grandes nobles y los caballeros de los concejos surgidos a lo largo del Valle del Duero. Éstos crean e impulsan las mestas locales o agrupaciones de ganaderos para defender el ganado y para buscar nuevas tierras a costa de los musulmanes. Las milicias concejiles formadas por guerreros pastores se encargan de esta misión, y con el tiempo estos guerreros se reservan los cargos de jueces y alcaldes y los utilizan para ampliar los derechos ganaderos.

Crece el número de cabezas de ganado y el terrero para pastar es insuficiente, para ello los ganaderos pedirán al monarca que el ganado de iglesias-monasterios pueda pastar en todo el reino en condiciones semejantes al ganado real.

Los fueros municipales regulan la trashumancia y se supone que sus normas al igual que sus cañadas seguirán vigentes después de la creación de la Mesta.

Al crearse la Mesta General seguramente se respetó la organización de cada una de las mestas locales, pero pronto fueron creados nuevos cargos que anulaban los existentes: el alcalde local que se sustituye por alcaldes entregadores.

El desarrollo de la ganadería ovina habría podido derivar en la creación de una industria textil importante, pero se exportó la lana y se importó de Europa los productos textiles. Los reinos occidentales se convirtieron en exportadores de materias primas e importadoras a precios elevados de artículos manufacturados y para mantener el ritmo de las importaciones se vieron obligados a aumentar la producción de lana. Se favoreció la ganadería en detrimento de la agricultura.


Sublevación nobiliaria con Alfonso X

El oro musulmán y las parias activaron la economía de Castilla y una buena parte se dedicó a premiar los servicios militares y políticos de los nobles, que se verán pagados cada vez en mayor proporción en dinero y a través de él entrarán en el circuito monetario de la época que impone un cambio en el concepto de la riqueza.

Inicialmente la nobleza es un grupo abierto al que se accede por intervenir en la guerra, en la repoblación del territorio y administración del reino, o por disponer de tierras suficientes para adquirir vasallos campesinos que cultiven la tierra y vasallos militares que la defienda. A medida que la tierra y cargos se hacen hereditarios demostrar el linaje se hace imprescindible para pertenecer a la nobleza y se comienza a diferencias jurídicamente entre los simples libres y los nobles. Los nobles disfrutan de privilegios, que quieren que se consoliden dando un carácter oficial, en un fuero nobiliario.

La defensa del fuero explica en casi todos los casos las sublevaciones de los nobles, aunque también hay una razón de peso, que son los enfrentamientos entre linajes o bandos nobiliarios, entre las Casas de Lara y de Castro en el XII, Lara y Haro en el XIII.

El privilegio de la privanza de unos significa pérdida de poder para otros que los ofendidos buscarán ayuda en el exterior para convencer al monarca de que sus servicios son imprescindibles.

Las revueltas nobiliarias condicionan los reinados de Alfonso VIII de Castilla y Fernando II o Alfonso IX de León y adquieren verdadera importancia en el XIII.

Fernando III en los comienzos de su reinado tiene problemas con Alvar Núñez de Lara. Pero pese a las tensiones surgidas, las campañas andaluzas, permitieron dar salida a los nobles, compensar sus servicios y poner fin a las diferencias entre la nobleza castellana y leonesa, que se unen a través de enlaces matrimoniales, posee tierras y ejerce cargos en ambos reinos.

Pero los problemas resurgen durante el reinado de Alfonso X a pesar de que el monarca da a los nobles más rentas en dinero y en tierras de las que habían tenido nunca. Para los nobles el final de las campañas andaluzas significa el fin de las épocas fáciles de ganancias que coinciden con el incremento de los bastos nobiliarios al aumentar las posibilidades de adquirir productos importados de Europa.

Ante la nueva situación, los nobles aumentan la presión sobre los campesinos que cultivan sus tierras, presionan al monarca para que les conceda bienes, otros intentan solucionar sus problemas buscando el servicios al lado del rey y otros acuden a las revueltas.

Los nobles se dividen y forman bandos con los concejos y ciudades dirigidos por los caballeros villanos.

Los pretextos de la revuelta son el pretendido desgobierno de la tierra y los intentos de Alfonso X de implantar el Derecho Romano frente al nobiliario. A esto hay que sumarle las dificultades económicas y políticas del monarca, ya que Alfonso necesita dinero y hombres que le ayuden a convertir en realidad el sueño imperial y los nobles inician una sublevación ofreciendo sus servicios a Jaime I de Aragón, cuando éste los rechaza se ofrecen a los musulmanes de Granada. Hacen constar que como buenos cristianos si el rey de Navarra les quisiera ayudar preferirían ponerse al servicio de éste.

Los cabecillas de la revuelta son el Infante Felipe y Nuño Lara que piden más subsidios. La petición fue apoyada por nobles fieles al monarca y una vez recibido el dinero los nobles lo repartieron entre sus vasallos militares y con su ayuda saquearon la tierra y reforzaron las alianzas con Navarra y Granada con el fin de conseguir el mantenimiento de sus fueron y derechos que los habían infringido los municipios.

El rey colabora a minar el poder y el prestigio de los nobles con la creación de nuevas pueblas en Galicia y León que atraen a los habitantes de las tierras nobiliarias; renombra jueces que hacen caso omiso del derecho de Castilla, tanto él como sus hijos se prestan a pacto de prohijamiento.

Alfonso se muestra dispuesto a corregir los abusos y aceptar las exigencias, recordando que los beneficiarios y culpables indirectos de la presión fiscal son los nobles, que se cobran impuestos para dar a ellos sus soldadas. Los nobles a su vez exigen el refrendo de sus derechos en Cortes, que se deshagan las pueblas hechas en Castilla y que Alfonso renuncie a cobrar los diezmos. A estas reclamaciones se unen los prelados que piden concesiones.

Finalmente Alfonso acabó por confirmar las nuevas exigencias. Humillado una y otra vez en el interior por nobles y eclesiásticos mientras en el exterior se esfuman sus sueños imperiales. Con amargura advierte a su hijo de los peligros de los nobles.

La aparición de familiares del rey al frente de los ricoshombres es una novedad importante. En adelante las casas nobiliarias se alternan en la privanza real porque mientras unos ocupan cargos otros preparan la sucesión apoyándose en el heredero.

La guerra por la sucesión de Alfonso X es en gran parte una guerra nobiliaria por la privanza, por el control del rey y del reino que quedará en manos de Lope Díaz de Haro.


Ordenamiento de Alcalá (Alfonso XI)

La obra legislativa de Alfonso XI es interesante y se ve a través de los cuadernos de Cortes, pero sobre todo culmina con el llamado “Ordenamiento de Alcalá de Henares” de 1348, célebre texto que procede de las Cortes de Alcalá de Henares de 1348, donde trata de precisar la preferencia de las diversas leyes, fueros municipales, el propio Ordenamiento, que de una manera u otra regían en Castilla y que dio entrada como cuerpo legal a las Partidas de su bisabuelo el rey Sabio. Es decir, que el Ordenamiento de Alcalá constituyó principalmente una estratificación que encabezada por el propio Ordenamiento, sus leyes regían sobre las demás, pasando por los fueros municipales o comarcales y terminando por las Partidas, debía determinar el cuadro jurídico del país, tendiendo a la territorialidad de las leyes, o sea, a superar el fraccionamiento o comercialismo que presentaban los fueros municipales y sustituirlo en lo posible, por normas de carácter general, para todo el reino.

Así, las Cortes de 1348 confirman el triunfo monárquico frente a las ciudades y la política de colaboración y apoyo a la nobleza en la que participan los concejos cuando piden que el rey no entienda en las querellas de los vasallos contra los señores y que prohíba la prisión o tortura de los hijosdalgo, peticiones que Alfonso acepta con una salvedad importante: se reserva el derecho de encarcelas a los hidalgos que merezcan cárcel por no haber desempeñado correctamente el cargo de cobrador de los impuestos, porque al aceptar el trabajo que no correspondía a su status renunciaba a los privilegios de su grupo social.

También a través de algunas normas puede verse la oscilación del monarca entre los conceptos feudales del poder y los modernos derivados del Derecho Romano.

Otra manifestación de la victoria monárquica y de sus limitaciones puede verse en la implantación del Código de las Siete Partidas: sólo tendrán aplicación cuando ni las leyes promulgadas por Alfonso XI ni los fueros locales sean suficientes para resolver las cuestiones planteadas.


 Consolidación de la monarquía castellana con Alfonso XI

En 1325 termina la larga minoría de Alfonso XI en la cual Castilla estuvo dividida entre los tutores del rey y la de los nobles que les apoyan. Tuvo que elegir entre los tres grupos nobiliarios que se disputaron el poder, Alfonso se apoya en los partidarios del infante Felipe e intenta atraerse a Don Juan Manuel, pidiendo en matrimonio a la hija de éste y manda asesinar a don Juan. Se abandona el proyecto de esa boda y se casará con María de Portugal ya que es una boda preferida por los nobles, desde el punto de vista político más conveniente. Poco más tarde casará su hermana Leonor con Alfonso el Benigno de Aragón, con lo que quita toda posibilidad de ayuda a los rebeldes y con la ayuda que le proporcionan las Cortes en 1329 puede comprar los servicios de Don Juan Manuel e iniciar la guerra contra Granada cuyo rey se declara vasallo del castellano.

La atracción de los nobles continúa en los años siguientes de acuerdo con los concejos que en 1325 habían pedido al monarca que reorganizara la hacienda y fijara las soldadas de ricoshombres y caballeros para poder vivir dignamente. Las continuas sublevaciones nobiliarias han hecho que Alfonso XI pase a la historia como un rey anti nobiliario, pero puede afirmarse que el monarca castellano es partidario del acuerdo con los nobles y en todo momento intentó atraerlos a su servicio, dotándoles continuamente y exaltando su modo de vida.

El interés del monarca por necesidad política, exige mantener a su servicio a los nobles, éstos quieren incrementar sus sueldos para servir al monarca desde los puestos de gobierno; para lograr estos objetivos no dudarán en sublevarse ni en aceptar la autoridad real cuando ésta les ofrece suficientes compensaciones como las que el rey presenta en 1338 para poner fin a la violencia de los nobles. En las Cortes de Burgos, Alfonso XI ordena la reconciliación de los hidalgos y castiga con pena de muerte la ruptura de la paz; fija el sueldo de los nobles caballeros y peones y señala el tipo de armas que deberían llevar. En resumidas cuentas, da forma a un verdadero estatuto del grupo militar, que será perfeccionado en 1348 en los ordenamientos de Nájera.

El puesto más importante del estatuto regula los sueldos de los caballeros y los salarios fueron actualizados en las Cortes de Alcalá de 1348. la estabilidad social y económica dada al grupo militar con estas normas pacificó a los nobles e hizo posible la realización de campañas contra los musulmanes en las que el botín se añadió a las soldadas reales. La nobleza permanecerá sumisa durante algunos años, pero bastará que la situación económica se deteriore a consecuencia de la peste negra y del alza de los precios, para que los nobles vuelvan a sus antiguas prácticas e intenten imponerse a Pedro I.

Las concesiones a los nobles fueron rentables en el plano militar. Dos años después de la concesión del estatuto nobiliario, las tropas castellanas derrotaban a los benimerines en el Salado y en 1343 vencían a los granadinos. El coste era demasiado alto para la situación económica de Castilla y hubo que arbitrar nuevos medios para poder pagar a los nobles. Se crean nuevos impuestos indirectos, arriendo de las escribanías del reino, incautación del oro y de la plata de los cambistas, lo que agravará más la situación y obligará a los castellanos a una salida en la exportación de caballos muy cotizados en el exterior pero necesarios en Castilla para seguir la guerra contra los granadinos. Primando una vez más los intereses militares sobre los económicos, el monarca prohibió la exportación de caballos.

El control sobre la nobleza es posible gracias a la colaboración voluntaria o forzosa de los concejos, que carecen de fuerza para oponerse a las peticiones del monarca desde el momento en que desaparece la Hermandad General y por otra parte están interesados en que los nobles se mantengan tranquilos o se dediquen a la guerra en el exterior.

Con Alfonso XI se desarrolla la política de control de las ciudades a través del nombramiento de corregidores o alcaldes veedores, hombres del monarca al frente de cada ciudad a pesar de las disposiciones contrarias a los fueros.

Crea el impuesto de la alcabala que gravaba en un 5% las operaciones de compra-venta de mercancías, aportando de esta manera a la hacienda real unos ingresos importantes.


El fuero general de Navarra

En Navarra los nobles aprovechan el cambio de dinastía para imponer en vigencia un fuero que limite las atribuciones del monarca, caso que Sancho VII de Navarra había previsto la unión de su reino al de Aragón y así habría sido si se hubiera cumplido el pacto de prohijamiento mutuo firmado con Jaime I, pero al morir Sancho en 1234, los nobles y el obispado de Pamplona ofrecieron el reino a Teobaldo de Champaña sobrino de Sancho esperando recompensas por ello. Pero lo 1º que hace el rey es nombrar a una comisión de 5 jueces para deshacer los privilegios hechos por Sancho a los caballeros infanzones y hombres de linaje.

Esto ocasiona enfrentamiento entre un rey extranjero acostumbrado a ejercer sus derechos y súbditos como el obispo de Pamplona, los ricoshombres e infanzones. El obispo tiene pendiente con el rey la devolución de castillos, villas y propiedades arrebatadas a la iglesia por Sancho VII; los ricoshombres se ven desplazados del poder y de los cargos por los chamapañeses e infanzones y caballeros se han organizado en una hermandad contra los malhechores y utilizan su fuerza para exigir el respeto a los fueros del grupo, en cuyo contenido y alcance no hay acuerdo: 1238 se nombra una comisión de diez ricoshombres, veinte caballeros y diez eclesiásticos. El trabajo de esta comisión dio lugar a la redacción del llamado “Fuero antiguo” que contiene entre sus disposiciones los derechos de los ricoshombres en relación con la corona, las garantías procesales de los infanzones y el sistema hereditario de ricoshombres, caballeros, etc. El rey no puede quitar tierras ni hacer a los ricoshombres sin sentencia judicial previa; los infanzones sólo pueden ser juzgados en la corte del rey, en presencia del alcalde de la corte y de tres a siete ricoshombres que sean de la misma tierra que el acusado. El fuero regula la distribución de las conquistas que efectuaran el monarca y los ricoshombres.

La imposición de estas cláusulas al monarca tiene una base histórica, según los redactores del fuero, que incluyen un prólogo para explicar cómo tras la ocupación de España por los musulmanes sólo algunos nobles se les opusieron desde las montañas de Aínsa y Ribagorza; el reparto del botín creó tensiones entre la nobleza y para poner fin se pidió consejo a Roma, Lombardía y Francia que coincidieron en aconsejar la elección de un rey, después de escribir sus derechos y fueron para que el monarca los confirmase como condición previa a su elección. Pero lo que resalta el prólogo es que los navarros recuerdan en él a Teobaldo de Champaña que sus derechos al trono proceden de la elección más que de su parentesco con Sancho VII. Todo el ritual que conlleva al acceder el rey al trono refuerza la dependencia del monarca respecto a sus súbditos.

Los reyes no se limitan a confirmar los fueros nobiliarios y la fórmula incluye a todo el pueblo del reino de Navarra; y tras comprometerse a respetar los fueros y buenas costumbres y prometer a no dar honor ni honores, castillos ni heredamientos sin el beneplácito de sus consejeros navarros y el incumplimiento de esta condición, así como el nombramiento de consejeros de Champaña, llevará a ricoshombres al enfrentamiento con Teobaldo II, cuando éste pretende ser ungido y coronado en vez de ser elevado sobre el escudo para demostrar que sus derechos proceden de Dios y no de los súbditos.

El poder de los ricoshombres es reconocido por Jaime I de Aragón cuando para ser nombrado rey de los narraros en 1274 recomienda a su hijo Pedro que busque el amor y la buena voluntad de las gentes de Navarra.

Sentencia arbitral de Guadalupe

La solución final al problema remesa se encuentra en la Sentencia Arbitral de Guadalupe de 1486, dictada por Fernando el Católico, en virtud de la cual el campesinado catalán se libera de la remesa y de los seis malos usos mediante cierta compensación económica a los señores. Los campesinos podrán fijar libremente su domicilio, conservarán los mansos ronces, abandonados tras la peste y ocupados por ellos, podrán vender los productos sin permiso señorial y dispondrán de los bienes muebles.

Los señores recibirán además del dinero de cada manso, 6000 libras como indemnización por los derechos no recibidos y por los daños sufridos. Al monarca se le pagará una multa de 50.000 libras. Aunque la sentencia no pone fin a los derechos de los señores, los payeses obtienen considerables mejoras, como la prohibición a los señores de obligar a las mujeres de ser amas de cría con paga o sin ella. Se elimina la costumbre de yacer con la payesa la primera noche de su boda.

La sentencia no pone fin al señorío, pero sí a sus manifestaciones más humillantes.

guerra civil catalana: la busca y la biga

Causas: enfrentamientos entre el monarca y las Cortes-Diputación, revueltas campesinas y conflictos urbanos desembocaron en la guerra civil del último 1/3 del siglo XV.

El rey se une a campesinos y menestrables porque tiene los mismos enemigos que ellos: dirigentes urbanos, nobiliarios y eclesiásticos, miembros de las Cortes que limitan la autoridad del rey. Una vez afirmada esta autoridad, el monarca mantendrá la alianza tradicional con los dirigentes catalanes, que pierden parte de su poder político, pero conservan su fuerza económica y social.

La crisis económica mediterránea se agrava hacia 1425 y en Barcelona se hace responsables de los problemas a los mercaderes extranjeros y con ello a las autoridades que les permiten enriquecerse. Como remedio se aplica el proteccionismo, pero para ello hay que vencer la resistencia de la oligarquía o sustituirla por gente preparada e interesada en el desarrollo del comercio y en el bienestar de la ciudad. La solución exige el control de Barcelona, sustituir a los ciudadanos honrados por un gobierno de mercaderes y artesanos.

Las protestas y motines se suceden a partir de 1431 y dan lugar a algunos cambios y reformas en 1436: mercaderes y menestrales piden apoyo a la marina, lucha contra los corsarios, reserva del transporte de sal de Ibiza a las naves catalanas, devaluación monetaria para hacer competitivo el comercio, prohibición de importar paños de lana, seda y oro y mejora de la producción textil con medidas semejantes a las demás industrias, los ciudadanos obtenían el pago con trabajos públicos y crean el mercado de paños que facilita la venta directa, consiguiendo disminuir el precio y aumentar el beneficio de los peliaires para que olviden que los paños extranjeros se siguen vendiendo a pesar de las prohibiciones. La intransigencia y resistencia de los ciudadanos al cambio precipitaron la crisis y dividieron a los barceloneses en 1422 en dos grupos: la biga y la busca.

La Biga integrada por la mayoría de los ciudadanos y algunos mercaderes, que actúan y viven como un grupo nobiliario. Son expertos en el “art de cavalleria”, tienen tierras, castillos y derechos señoriales, viven de las rentas, llevan oro en armas y vestidos porque su categoría se lo autoriza. También les autoriza a manifestar su pertenencia al grupo nobiliario mediante signos externos que llevan consigo la importación de paños de lujo; como rentistas, se oponen a las alteraciones monetarias que supongan una disminución de sus ingresos.

La Busca es el partido de los artesanos, menestrales y mercaderes, que aspiran al control del gobierno municipal para hacer cumplir los privilegios, libertades y costumbres de Barcelona, que para ellos consisten en sanear la hacienda municipal, conseguir la devaluación de la moneda para facilitar la salida de sus productos y en implantar medidas proteccionistas que favorezcan sus intereses y beneficien a Barcelona.

Ante la busca y la biga Alfonso el Magnánimo mantiene una postura ambigua, al igual que entre señores y campesinos. Como los demás reyes del XV aspira a imponer su autoridad sobre las Cortes, sobre los dirigentes del Principado y finalmente se inclinará a favor de campesinos y buscaris.

Los orígenes de la Busca se sitúan en 1449, cuando un grupo de menestrales y mercaderes piden autorización para reunirse y formar un sindicato que se ocupe de la defensa de sus intereses. El rey negó la autorización pero las reuniones siguieron bajo la protección del gobernador Requesens. La oposición de los mayores, la divulgación de las irregularidades cometidas y de los altos salarios cobrados por los ciudadanos, insistencia en la necesidad de devaluar la moneda y la promesa de rebajar los impuestos sobre la carne, dieron a la Busca el apoyo del pueblo e hicieron posible el reconocimiento por el monarca del sindicato de los Tres Estamentos, que fue acompañado, el 12 de octubre de 1451, por una modificación del sistema de elección de consellers y una reorganización del Consejo de Ciento, que contaba con 96 representantes frente a los 32 de la Biga y con 3 consellers frente a 2 ciudadanos.

El triunfo de la Busca fue seguido de las reformas pedidas: se rebajaron los salarios de los funcionarios municipales y se suprimieron algunos cargos innecesarios; se prohibió la acumulación de cargos y se redujo la duración de los vitalicios a dos o tres años, la moneda fue devaluada y entre otras cosas más se tomaron medidas para mantener el abastecimiento de carne y trigo.

Aunque hubo buena voluntad por tarde de los buscaris, no todo fueron éxitos en su gestión y con frecuencia cayeron en los mismos errores que los bigaris. Algunos cargos se dieron a personas cuyo mérito consistía en pertenecer al sindicato y no faltó quien comprara votos para acceder a algún cargo de importancia.

La ofensiva contra el Consejo Buscari continuó en los años siguientes y de modo especial a partir de la muerte de Alfonso V. Poco a poco la Biga recuperó su ascendencia en el Consejo y con la colaboración de los Diputados del General y de algunos buscaris moderados, logró situar en el Consejo de Ciento en 1469 a tres de los suyos a pesar de las protestas del sindicato.

El resurgimiento de los ciudadanos se confirmó cuando la Diputación del General creó el Consell Representat lo Principat de Catalunya y lo puso bajo la dirección de la Biga.

En 1461, después de la Capitulación de Villafranca que prohibía al monarca entrar en Cataluña sin permiso del Consell y con el pretexto de que los dirigentes de la Busca conspiraban para permitir el regreso a Cataluña de Juan II, los buscaris más conocidos fueron ajusticiados.


guerra civil catalana

El problema remensa y buscari, que enfrentan al monarca y a las Cortes, fueron las causas de la guerra entre catalanes (1462-72), aunque los iniciaos se sitúan en la prisión de Carlos de Viana, error de Juan II que permitió a la diputación del General agrupar a los catalanes alrededor del heredero y declarar la guerra al monarca, para imponerle sus criterios sobre el gobierno del Principado, imponer las ideas de los dirigentes de la sociedad sobre la organización económica y social de Cataluña.

Entre las Capitulaciones de Villafranca y la muerte de Carlos de Viana, la Biga afianzó su posición en Barcelona, destituyó a Requesens y desplazó a los representantes buscaris y algunos fueron ajusticiados por manifestarse partidarios del regreso del monarca.

La guerra se internacionaliza, Juan Ii busca apoyo de Francia y de Gastón de Foix yerno de Juan. Francia pide dinero por la ayuda prestada y mientras tanto se toma como garantía el Rosellón y Cerdeña las rentas de estas ciudades y a Gastón de Foix se le hace la promesa de heredar Navarra.

El consejo de Cataluña buscará la unidad interior y negociará alianzas externas para contrarrestar la presión francesa. Desarticulado el partido buscari, el mayor peligro procede de las remensas a los que la Diputación ofrece acuerdos que fueron rechazados. El Consejo ofrece el Principado a candidatos que con derecho al trono aragonés, se alíen contra los rebeldes de Juan II.

Ante la gravedad de la situación el Consejo pide ayuda a Castilla y solicitó vituallas y armas a mercaderes castellanos y el Consejo ofrece el Principado a Enrique IV de Castilla. La guerra era un enfrentamiento entre las ideas autoritarias del monarca y las pactistas de la oligarquía catalana.

El 11 de agosto de 1462 se presentó ante el consejo una proposición para nombrar conde de Barcelona a Enrique IV de Castilla, que tendría que respetar los fueros catalanes y las Capitulaciones de Villafranca.

Enrique IV acepta con el apoyo de nobles castellanos opuestos a Juan II. Las tropas de Castilla llegaron a levantar el cerco a Barcelona, pero Juan II utiliza la división de la nobleza para obligar a Enrique a aceptar la decisión de Luis XI, elegido por los partidarios castellanos de Juan II.

Por la Sentencia de Bayona, Enrique se comprometía a devolver las plazas ocupadas y a renunciar a los títulos de Conde de Barcelona y señor del Principado. Juan II cedía las rentas que le correspondían en Castilla y se comprometía a no tomar represalias contra los catalanes sublevados si se sometían en 3 meses.

Al abandonar el aliado castellano, los catalanes aceptaron el ofrecimiento del condestable Pedro de Portugal, descendiente de Jaime de Urgell, que sirvió en Cataluña como jefe militar y se alió con Carlos el Temerario que a su vez estaba enemistado con el rey francés, Luis XI.

Al morir el condestable, los catalanes eligen a Renato de Anjou. Esta designación modifica las alianzas internacionales. Los conflictos peninsulares enlazaron con la Guerra de los Cien años en la que también entra Castilla, pues Luis VI y Juan II buscan la ayuda de uno de los bandos en que se divide Castilla después de la Farsa de Ávila y haber proclamado heredera al trono Isabel La Católica. Juan II de Aragón busca la alianza con el bando de Isabel y para ello ofrece el matrimonio con el heredero aragonés, Fernando. Con este matrimonio de 1469, los enemigos del marqués de Villena y los partidarios del infante aragonés, apoyan a Isabel que se impone en Castilla.

Por la Capitulación de Pedralbes (1472) la guerra terminaba sin vencedores ni vencidos. Juan II reconocía la buena fe de sus adversarios, perdonaba a todos y concedía salvoconductos a los franceses, sólo exigía que se anulara la Capitulación de Villafranca. Lograba así pacificar el Principado retornando a la situación anterior a Carlos de Viana.

Tuvo graves problemas económicos: ruina en la agricultura, industria, comercio y endeudamiento de la población, los municipios y el propio monarca, que debía recuperar el Rosellón y Cerdeña que Luis XI se negaba a devolver.

Juan II fracasó en el intento de pacificar el país y se le escapó la solución política y social definitiva. Murió en 1479 dejando a su hijo Fernando un país desgarrado por la guerra, separado de dos de sus más ricas provincias y todos los problemas sin resolver.


guerra de los dos Pedros

La guerra con Aragón no es en sus comienzos sino una complicación más de la guerra entre Aragón y Génova: dos naves aliadas de Génova fueron destruidas en aguas castellanas y Pedro I declaró la guerra a Aragón en 1356, acumulando en la carta de desafío todos los agravios, reales o supuestos, recibidos del monarca aragonés.

El enfrentamiento es buscado por Castilla y evitado por Aragón: el rey castellano Pedro I aspira a recuperar los lugares cedidos por María de Molina y Fernando IV a Jaime II en el reino murciano; pretende poner fin a la división de las encomiendas santiaguistas y calatravas e intenta mantener controlados los pastos del Sistema Ibérico disputados por las ganaderías de Castilla y Aragón.

La guerra afecta a toda la Corona de Aragón: tiene que defender los intereses de sus ganaderos, Valencia necesita mantener su unidad y evitar que vuelvan a Castilla las tierras incorporadas y Cataluña y Mallorca precisas destruir la flota castellano-aragonesa para mantener su actividad comercial en el Mediterráneo.

La guerra oficial dura desde 1356 a 1365, aunque se prolonga hasta la victoria de Enrique de Trastámara sobre Pedro I de Castilla, año 1369 9 1374, en el que se firma la paz de Almazán, que consagra el triunfo y la hegemonía castellana.

La guerra tiene tres fases:

*       Se enfrentan el rey de Castilla y el de Aragón y éste cuenta entre sus auxiliares con un gran nº de nobles castellanos dirigidos por Enrique de Trastámara.

*       Los protagonistas son el rey castellano que cuenta con la colaboración de ingleses, portugueses, granadinos y navarros y el otro protagonista es Enrique, aspirante al trono de Castilla, que está apoyado por el monarca aragonés y por compañías de mercenarios francés.

*       El nuevo rey castellano se impondrá a su antiguo aliado, Pedro IV, y a los partidarios de Pedro I. A los que impondrá la paz en términos ventajosos para Castilla que incluyen alianzas matrimoniales destinados a evitar cualquier posible ayuda de los monarcas peninsulares a la nobleza castellana y hacer olvidar el origen ilegítimo de Enrique.

Al declararse la guerra, Pedro IV intentó resucitar los levantamientos nobiliarios en Castilla y el rey castellano amenaza con resucitar la unión de los nobles en Aragón y Valencia.

Pedro I de Castilla asesinó a su hermanastro Fadrique, e intentó matar a Tello, Señor de Vizcaya, que consiguió escapar y refugiarse en Aragón, junto a su hermano Enrique. Estas muertes y persecuciones han valido a Pedro I el apelativo de “El Cruel”.

A partir de 1358 Cataluña es atacada por 1ª vez por naves castellanas, genovesas y portuguesas. Los nobles exiliados en Aragón derrotaron a los fieles de Pedro I en Araviara en 1359, pero más tarde fueron vencidos (1360)-

En 1360 se firma la paz de Terrer, porque necesita Aragón que no está en condiciones económicas de continuar la guerra, paz que interesa a Pedro I para vengar el abandono con los granadinos y la de quienes habían colaborado con Enrique de Trastámara en sus ataques a Nájera.

En 1362 Pedro I firma alianzas con Granada y con Carlos II de Navarra, por lo tanto está en buenas condiciones para reemprender la guerra contra Aragón. El avance de Pedro I fue rápido y Pedro el Ceremonioso tuvo que recurrir a los servicios de Enrique de Trastámara que acudió al frente de las compañías de mercenarios pagadas por Francia y el pontífice. La entrada de estas compañías cambia la situación en el plano militar y en el político: el conde Trastámara reclama para sí el trono castellano y ofrece al rey aragonés la sexta parte de las tierras que conquiste. El avance castellano se hace notar y firma en Murviedro (1363) una nueva tregua.

La paz no fue duradera y en esta fase Enrique logró penetrar en Castilla y hacerse coronar en el monasterio de Las Huelgas (1366).

El triunfo nobiliario suponía la unión de la flota castellana a la francesa e Inglaterra intervino en el conflicto en apoyo de Pedro I, que ofreció a cambio el señorío de Vizcaya al tiempo que prometía a Navarra las tierras de Guipúzcoa y Álava.


Cambio de dinastía en Castilla – guerra civil en Castilla

A partir de 1365, Enrique de Trastámara dejó de ser auxiliar de Pedro IV y se convirtió en aspirante al trono castellano, ahora la guerra entre los nobles y el monarca va acompañada de una activa propaganda destinada a desacreditar a Pedro I y a suscitar revueltas en el interior del reino, a prestigiar a Enrique y a conseguir para él apoyos internacionales.

Los defensores de Enrique difundirán rumores sobre el origen de Pedro I al que hicieron hijo de un judío llamado Pedro Gil. Con esta maniobra los nobles llamaban la atención sobre el predominio económico e incluso político de los judíos. Uno de los cuales podría llegar a ser rey. El odio hacia los hebreos será utilizado por los Trastámara, que se presentan ante los castellanos como libertadores de la tiranía personal del monarca y como defensores del pueblo cristiano frente a los judíos y contra los musulmanes.

La propaganda de Enrique de Trastámara fue presentada como un monarca decidido a prescindir de los judíos y a reducir la exorbitante presión fiscal impuesta por Pedro I y como jefe nobiliario tenía que pagar los servicios de sus auxiliares y para ello necesitaba el dinero de los hebreos y de sus súbditos. Mantener y pagar los servicios del ejército nobiliario redundaría en una pérdida de prestigio y de apoyos en el interior. En las Cortes reunidas en Burgos en 1367, Enrique confirmó los fueros y privilegios de cada ciudad y los concedidos por Pedro I. Los sustituyó por otros similares firmados por Enrique, reconstruyó las hermandades y le concedió más protagonismo a los concejos al incorporar 12 hombres a su consejo, 2 por cada uno de los reinos y comarcas.

Pero es intransigente en lo relativo a los judíos y en sus peticiones, porque los hebreos habían querido hacerse cargo de las rentas del reino y habían adelantado al monarca el dinero que éste necesitaba. Los nobles recibieron títulos, cargos y donaciones, más tarde Enrique fue derrotado en Nájera y ninguna ciudad siguió su partido.

Vuelve a reinar Pedro I gracias a la colaboración de navarros e ingleses, pero esta ayuda tenía un precio que el rey no podía pagar sin enajenarse el apoyo de los súbditos, los auxiliares de Pedro I le abandonan al no entregarles Vizcaya, Guipúzcoa y Álava. El monarca queda a merced de los mercenarios franceses que pusieron el trono definitivamente en Enrique de Trastámara en 1369.

Los primeros años del reinado de Enrique fueron difíciles:

*       En el interior abundan los partidarios de Pedro.

*       En el exterior se formó contra Castilla una coalición en la que entraron todos los reinos peninsulares.

El problema interior fue resuelto mediante una nueva concesión de mercedes a la nobleza. Con estos apoyos Enrique II puede gobernar y hacer frente a la amenaza exterior, pero a esta nobleza hay que pagarle por lo tanto se sube el impuesto de los concejos y se atrae a los concejos permitiendo crear hermandades, tomando medidas contra el bandolerismo y fijando los precios de los artículos básicos. Los partidarios de Pedro I fueron sometidos. Con los restantes reinos peninsulares Castilla al fin firmó la paz. Con respecto a Inglaterra, Enrique necesitaba la colaboración de los marinos del Cantábrico, para ello les convención de que a largo plazo la defensa de sus intereses exigía la destrucción de la flota inglesa, única capaz de competir con la cantábrica por el control del comercio atlántico. Éxitos de la flota castellana bajo la dirección de Bocanegra, derrotó a la flota inglesa en le puerto de la Rochela en 1372. al fin el comercio del Cantábrico y del Canal de la Mancha se queda en manos de los marinos y mercaderes castellanos.


El compromiso de Caspe

La muerte de Martín el Joven en 1409 sin hijos legítimos de sus matrimonios con María de Sicilia y con Blanca de Navarra, planteó un problema sucesorio al no tener Martín el Humano otros hijos.

Contrajo matrimonio de nuevo pero tampoco tuvo hijos y los letrados rechazaron a Fadrique, hijo ilegítimo de Martín el Joven. Se ofreció a Martín el Humano la posibilidad de situar a alguno de sus parientes como su posible sucesor. Se nombró lugarteniente de todos los reinos a Jaime de Urgell, pero no hubo acuerdo entre los reinos para que Jaime fuera el lugarteniente. Su candidatura no tuvo unanimidad y la elección del nuevo rey tendrá que hacerse mediante acuerdo con las Cortes.

Después de 2 años de interregno y de guerras civiles, en 1412 una comisión procedió en Caspe a la elección como rey de Aragón del regente castellano Fernando de Antequera, con lo que se inicia la presencia de los Trastámara castellanos en la corona de Aragón.

Historiadores castellanos y catalanes coinciden en que la subida al trono aragonés del castellanos Fernando de Antequera, señala el comienzo de la unidad española desde y en favor de Castilla, mientras los nacionalistas catalanes hacen responsables del declive nacional catalán a los compromisarios y al compromiso de Caspe. Los castellanistas consideran que lo mejor para España era la unión de las coronas de Aragón y Castilla y apoyan el nombramiento del castellano Fernando de Antequera, sobrino por línea femenina de Martín y nieto de Pedro el Ceremonioso, con el que compiten Luis de Anjou, Fadrique de Luna, Jaime de Urgell y Alfonso de Gandía.

En principio los únicos candidatos con posibilidades reales son Jaime de Urgell y Luis de Anjou. El 1º está apoyado por los Luna de Aragón, los Vilaragut de Valencia y una gran parte de la alta y baja nobleza catalana. Al 2º le apoyan los Urrea y los Centelles y algunos nobles catalanes y parte de la burguesía catalana.

El asesinato en 1411 del arzobispo de Zaragoza llevó a los aragoneses a buscar un candidato capaz de hacer frente a sus enemigos: fue el regente Fernando de Antequera por la fuerza que le da la regencia de Castilla y el respaldo de Benedicto XIII.

Las tropas castellanas dominaron la mayor parte de Aragón y protegido por las tropas se reunió en Alcañiz el Parlamento aragonés, formado por los partidarios de Fernando. Desde entonces podía afirmarse que el único rey posible era Fernando.

El triunfo de Fernando se debió a la división existente entre los reinos, al poder que tenía a titulo personal, como regente de Castilla y al apoyo de Benedicto XIII. La situación interior de Castilla favoreció al infante, porque la nobleza y la reina Catalina de Lancaster confían en que Fernando renunciará a la regencia si sale elegido.

Sólo Cataluña tuvo en sus manos el rechazar a Fernando, pero no lo hizo. Los historiadores hablan de la claudicación de Cataluña, son quienes piensan que debería haber sido elegido un catalán.

Pero la visión del XIV había dividido a los catalanes y éstos no estaban en condiciones de tomar una decisión unánime y menos imponerla. Cataluña no claudicó ni demostró madurez política, no existió como unidad y los catalanes aceptaron a Fernando.

El nuevo rey (1412-16) es consciente de que el apoyo a su causa no ha sido unánime e intenta atraerse a sus adversarios con concesiones: las barreras comerciales entre Castilla y Aragón desaparecen y se perdonan impuestos debidos por los mercaderes. Nobles y eclesiásticos logran que el rey en las Cortes de 1413 se pronuncie contra los remensas. En su breve reinado, Fernando impulsó los asuntos mediterráneos, firmó la paz con Génova, pacificó Cerdeña y Sicilia, restableció las relaciones comerciales con el N de África.

En Aragón Fernando I confirmó los fueron y logró que durante algunos años los aragoneses renunciaran a sus privilegios para permitir al monarca restablecer el orden alterado durante los enfrentamientos entre los bandos nobiliarios.

En Cataluña tuvo que claudicar ante las Cortes que exigieron se anulara la disposición de Juan I por la que se creaba un nuevo estamento, el de los caballeros. Tuvo que tomar medidas contrarias a los campesinos y se transformó la Diputación General de Cataluña en un organismo político.


La farsa de Ávila

Para comprender la situación de Castilla durante el reinado de Enrique IV (1454-74) es preciso recordar la historia política del reinado durante la época de los Trastámara.

La victoria de Enrique II fue obra de la nobleza y en sus manos quedó la economía castellana, aunque el monarca se reservó el gobierno y opuso a la alta nobleza una segunda nobleza encumbrando a sus fieles. Con el apoyo de éstos pudieron Juan I, Enrique III y Juan II vencer a sus familiares, pero se sustituyen estos familiares por miembros de la nobleza de 2ª fila, pero que una vez consolidado su poder aspira a tener los privilegios y derechos de los grandes nobles.

Con estos precedentes se entiende que la victoria obtenida por Juan II en Olmedo (1445) sobre los infantes de Aragón apenas sirviera para fortalecer el poder monárquico porque Álvaro de Luna logró el triunfo militar con el apoyo de una parte de la nobleza, por lo que Olmedo significó la casi derrota de la nobleza de sangre, no la de la nobleza en general que se irá engrandeciendo y adquiriendo poder al lado de Álvaro de Luna concedido por el rey.

Al subir al trono Enrique IV carecía de autoridad moral para enfrentarse a los nobles, pues él había estado implicado en las guerras nobiliarias y tampoco podía recurrir a las ciudades porque estaban dominadas por las fuerzas nobiliarias y además se oponen al favorito Pacheco, ya que goza de la confianza del rey.

Las alianzas con Portugal y Francia fueron renovadas y se llegó a un acuerdo con Aragón y Navarra, mediante el pago de grandes cantidades a Navarra y la devolución de bienes confiscados a los servidores de los infantes de Aragón. Pero las revueltas nobiliarias seguían tan pronto promovidas por Juan Pacheco como contra él, siempre interesados en no restablecer la autoridad sino en mantener su posición. Para ello no le importa tener que cambiar de bando, acaudillar a los nobles descontentos y provocar la deposición de Ávila del monarca. Para ello los nobles se reunieron en Ávila en 1456, fabricaron un muñeco al que vistieron con los atributos reales y solemnemente le depusieron proclamando rey al infante Alfonso.

Los intentos de algunos nobles de restaurar el poder monárquico chocaron siempre con la actitud del rey, más propenso siempre a negociar aceptando las condiciones puestas por los nobles que a combatir militarmente a quienes limitaban su poder. Entre las condiciones que se le imponen está el reconocimiento como heredero de Castilla del infante Alfonso y su matrimonio con la hija del monarca para legitimar lo que puede llamarse un golpe de estado palaciego, el destierro de Juan de la Cueva, concesión del maestrazgo de la Orden de Santiago a Pacheco, la reducción del ejército real y el reconocimiento del derecho de los nobles a no ser condenados sin ser sometidos a juicio por un tribunal integrado por tres nobles, tres eclesiásticos y tres juristas. Enrique IV aceptó cuanto le pidieron, para desdecirse más tarde, con lo que perdió toda autoridad e hizo posible su deposición en efigie en la ”Farsa de Ávila” (1465) y la proclamación como rey de Castilla del infante Alfonso que tenía 11 años y que por tanto dependería totalmente de la nobleza.

Sólo después de esta rebeldía el monarca se decidió a combatir a los nobles en Olmedo (1467). Su victoria no impidió que los nobles, al morir el príncipe-rey Alfonso (1468) ofrecieran el trono a su hermana Isabel.

Ésta apoyada por la nobleza rebelde no se proclamó reina de Castilla sino heredera de Enrique IV. En Guisando se celebró una entrevista ese mismo año que consistía en desheredar a Juana. Para asegurar el triunfo de los nobles buscaron un marido candidato a Isabel, el más conveniente Alfonso V de Portugal. Pero finalmente por objetivos políticos de Aragón casaría con Fernando de Aragón.

Los nobles descontentos dirigidos por el marqués de Villena proclamaron heredera legítima a la hija de Enrique, Juana. La guerra civil fue inevitable y se prolongó hasta después de muerto Enrique IV. Durante estos años la posición de Isabel y Fernando fue consolidándose.


Origen de las cortes: Tuñón de Lara

A finales del XIII nacieron en tierras castellano-leonesas las Cortes. Se trata de una institución de importancia excepcional y que jugó un papel fundamental en la historia de los reinos de Castilla y León. Las Cortes medievales castellano-leonesas serían según la historiografía liberar, asambleas representativas de los diversos estamentos de la sociedad, dotadas de amplias facultades y que sirvieron para frenar las tentaciones absolutistas del poder real. Las Cortes, según Pérez Prendes, sólo pueden entenderse a la luz del deber de consejo de los vasallos del rey. Niega que los asistentes a sus reuniones fueran auténticos representantes de sus respectivos estamentos y rechaza la idea de que las Cortes tuvieran competencia en asuntos fiscales o legislativos.

Las Cortes fueron una institución viva que tuvo períodos de gran pujanza junto a otros de decaimiento, en función de las diferentes coyunturas históricas por las que atravesó.

La reunión de la curia plena en León en el año 1188 efectuada por Alfonso IX ha sido considerada como el acta de nacimiento de las Cortes castellano-leonesas.

El paso trascendental en la transformación de la curia regia plena o extraordinaria en una institución innovadora, Las Cortes, vino dado por la presencia de los representantes de las ciudades y villas del reino. Pero, ¿Cuál fue el motivo de la incorporación a las reuniones de la curia plena de gentes del tercer estado? Sánchez-Albornoz en una exposición ha indicado como causa principal de la incorporación de los burgueses a la curia plena, la creación de las villas y ciudades contra los abusos de la monarquía en materia de acuñaciones monetarias. Las ciudades y villas darían recursos económicos a la hacienda regia a cambio de que las acuñaciones se efectuaran ateniéndose a determinadas reglas (cada 7 años).

O’Callaghan ha puesto de relieve que la intervención de las Cortes en cuestiones financieras no fue significativa hasta la 2ª ½ de XIII, insistiendo en el papel judicial desempeñado por la nueva institución desde sus orígenes y en la importancia del reconocimiento a los ciudadanos del derecho de petición.

Durante los últimos años del XII y todo el XIII, Las Cortes no tenían claro cuáles eran sus atribuciones y Castilla y León tenían reuniones de Cortes independientes.

La génesis de las Cortes sólo tiene sentido si se la sitúa en un contexto caracterizado por la creciente pujanza social y económica de las ciudades. Allí encontraban los monarcas los recursos económicos que necesitaban, pero a cambio debían consentir en la participación de las ciudades en los órganos de gobierno. Pero la simple presencia del tercer estado en el primer plano no suponía que las Cortes fueran una auténtica asamblea representativa.


sentencia arbitral de Guadalupe, problema remensa y los seis malos usos del campesinado aragonés y catalán

Cataluña en plena E.M. va a conocer su campesinado la seducción de las tierras meridionales que se colonizaban desde entonces en la zona que se ha llamado la Cataluña Nueva. Ello implicó intentos señoriales en el área de la Cataluña Vieja.

Dentro del campesinado catalán se pueden diferencias 4 grupos:

1.    Los simples agricultores alodiales que eran dueños de sus tierras, sin vinculación a un señor.

2.    Aquéllos otros que siendo eufitentas cultivaban la tierra ajena sin que gravitaran sobre ellos lazos de dependencia personal.

3.    Los campesinos sujetos a su señor como hombres sólidos y propios.

4.    Los que estaban adscritos a la tierra y no podían abandonar sin autorización del señor y se conocen como payeses de remensa.

Pero la mayoría del campesinado catalán (siglo X y 1ª ½ del XI) la componían hombres libres no sometidos a la autoridad señorial, sino a la del conde. Ahora bien, debido a una concentración de la propiedad, a una acusada profesionalización de la actividad guerra y a una formación de los señoríos jurisdiccionales en torno a los castillos, tienen como rápida consecuencia el desgaste del campesinado libre dueño de sus posesiones alodiales que va descendiendo sensiblemente a una situación de dependencia que se va advirtiendo en el XII.

Este descenso del campesinado libre va unido al aumento sensible del grupo de labriegos dependientes sometidos a los señores territoriales, titulares de las castellanías, diseminadas por el país. La consecuencia de ello es que si por una parte a través de la Alta E.M. se desvanecieron los antiguos siervos rurales derivados de la vieja esclavitud, el aumento del campesinado dependiente al que se le van recortando libertades personales, ha dado origen que se hable de una nueva servidumbre en la vida campesina a partir del XIII.

Las cargas que gravitaban sobre el campesinado o payería catalana resultaban ser de dos clases que se clasifican en censos o servicios. La cuantía se establecía entre el campesino y el dueño donde éste se establecía o también por los usos y costumbres de la comarca.

El pago hasta el XIII el payés lo hacía principalmente en especie. También existían otros tipos de gravámenes que pueden calificarse de servicios personales, en virtud de esto el campesino debía participar en determinadas faenas agrícolas en la propiedad del señor, quedando establecido el nº de días al año que debían prestar tales servicios, así como quién corría con los gastos de alimentación, que era el señor.

Pero entre las cargas del campesinado catalán en la E.M. merecen especial consideración determinadas gabelas que resultaban ingratas y que son conocidas como “los seis malos usos”, los cuales en un principio gravitaban sobre la población servil y más tarde se extendieron sobre buena parte del resto de los payeses cultivadores de tierra ajena.

Dichos malos usos eran los siguientes: intestía, exorquía, cogucia, arsina, fiema de spoli y remensa, este último era el más humillante para el campesinado catalán.

Intestia y exorquia eran gravámenes de carácter mortuorio, en virtud de los cuales el señor de la tierra participaba en la herencia del payés que moría sin descendencia.

Cogucia, el payés debía entregar parte de sus bienes al señor cuando la mujer del 1º incurría en adulterio.

La remensa constituía el rescate que el payés abonaba al señor para poder abandonar el predio que habitaba.

En muchos contratos se incluye la renuncia específica de los payeses a fijar su residencia en lugares de realengo y para quienes olvidan su dependencia, las Cortes recuerdan en 1289, 1300-21, la obligación de redimirse. Las Cortes insisten en 1350, cuando a consecuencia de la peste negra se acelera la emigración hacia la ciudad que declara ciudadanos a quienes tienen alquilada una habitación y van a Barcelona en determinadas fiestas.

El interés señorial está en mantener la tierra en cultivo. En las zonas de montaña se restablecen la remensa y demás malos usos en ellas para los campesinos. En comarcas como el Maresme y el Vallés se ofrece reducción de censos y se permite la ocupación de mansos abandonados.

En 1370-80 se originan manifestaciones de descontentos de los payeses de remensa por la implantación de los malos usos. Este descontento va acompañado de una organización interna. Las manifestaciones del conflicto remensa coinciden con los intentos de modificar el régimen municipal para hacer frente a la situación del mundo urbano.


Fuero general de Aragón y los usatges de Barcelona

Durante gran parte de la E.M. Cataluña dista mucho de tener unidad política; no es un estado sino un conjunto de condados cuyos dirigentes reconocen de algún modo la superior autoridad del conde barcelonés, lo que no impide que cada uno actúe en sus dominios con gran libertad. Los barones de Cataluña son los descendientes de estos condes y vizcondes.

Barones catalanes y ricoshombres aragoneses controlaron el reino durante la minoría de edad de Jaime I y el Principado no se pacificará hasta que las campañas contra Baleares y Valencia ofrezcan a los nobles la oportunidad de incrementar sus derechos y bienes.

Los barones catalanes participan activamente en la ocupación tanto de Baleares como en el reino de Granada y mantienen una actitud pacífica y de colaboración con el rey hasta que en los años finales del reinado de Jaime I, Pedro el Grande intentó limitar los poderes de la nobleza y tuvo que hacer frente a la revuelta de los barones encabezada por el vizconde de Cardona. Pero esta etapa bélica se considera terminada en 1280-82 cuando los problemas internacionales derivados de la ocupación de Sicilia obligan al monarca a reconocer e incrementar los fueros y derechos nobiliarios para conseguir su apoyo militar y económico.

La oposición entre los nobles y el conde de Barcelona se mantendrá en el campo judicial. Según Sobregués, el rey llevó la iniciativa y suscitó continuos pleitos para vincular los patrimonios de los barones a la familia real. Pero ni Jaime II ni Pedro el Ceremonioso consiguieron reducir la importancia económico-social de los nobles. Los derechos de los nobles sobre los campesinos se incrementaron y la autoridad del monarca nunca fue absoluta en todas las tierras catalanas, como lo prueba el hecho que a mediados del XIV más de la mitad de los campesinos y eclesiásticos estaban sometidos a la jurisdicción de los nobles.

Los Usatges son el Fuero de Barcelona que se extiende a todos los dominios del conde, aunque no puede ser definido como fuero nobiliario, son las disposiciones referentes a los nobles, comenzando por las que regulan la compensación que se ha de pagar por la muerte o herida causada a un vizconde, a un caballero, burgués o campesino; no se pagará lo mismo a la muerte o herida causada a un campesino que a un burgués y si se trata de un vizconde la cantidad es mayor. Otras disposiciones regulan las relaciones entre los caballeros y sus señores, entre los señores y los campesinos que cultivan las tierras, pero es en las Conmemoraciones donde realmente puede verse el derecho feudal catalán.

Pero no todos los nobles tenían los mismos derechos ni distinción, sino que existían clases sociales dentro de ellos. Por ejemplo, si un noble no era caballero no se podía sentar a la misma mesa que un caballero o que su señora, al igual que se prohíbe a los caballeros usar calzas rojas. También se ordenó que nadie podía ser caballero si no era hijo de un caballero y se reconoce al hijo de un caballero la categoría paterna hasta la edad de 30 años y en adelante se le considerará un payés si no reúne las condiciones de los caballeros.

Fijados los derechos feudales en los usatges y en las conmemoraciones las constituciones de Paz y Tregua confirman la independencia de los señores y su autoridad sobre los campesinos: 1173, Alfonso el Casto ponía bajo la protección de la Paz y Tregua iglesias, personas y bienes de los eclesiásticos. En 1202 se precisó aún más la independencia nobiliaria al adoptarse una disposición según la cual los señores que maltrataran a los campesinos no rendirían cuenta al rey, excepto en caso de que el campesino o sus bienes hubieran sido recibos en feudo del rey.

Los problemas de la nobleza aragonesa son los mismos que los de los demás nobles peninsulares, necesitan defender su posición económica y política frente a los intentos centralizadores del monarca y lo hacen protestando contra la actuación del monarca y dando forma legal a sus derechos después de la asamblea celebrada en Huesca en 1247, de la que salió el proyecto de encargar al obispo Vidal del Conellas la recopilación-unificación de los fueros aragoneses y poner fin a las diferencias entre quienes se regían por los fueros de Jaca o de Zaragoza o de Teruel.

Por Paya Frank

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